JUZGADO DE GARANTIA DE CONSTITUCION

SOCIEDAD DE TRANSPORTES CARMAR C/ ROBERTO ENRIQUE PALMA RIVEROS

Rol

Fecha

15 de junio de 2021

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

DIRIMIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo la opinión del señor Fiscal Judicial y visto, además, lo dispuesto en los artículos 112, 157 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para seguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Letras y Garantía de Licantén, a quien se le remitirán los antecedentes. Comuníquese lo antes resuelto al Juzgado de Garantía de Constitución, remitiéndosele copia de la presente resolución. Ofíciese. Regístrese y devuélvase. N°Penal-1232-2020.

Fallo

se declara que es competente para seguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Letras y Garantía de Licantén, a quien se le remitirán los antecedentes. Comuníquese lo antes resuelto al Juzgado de Garantía de Constitución, remitiéndosele copia de la presente resolución. Ofíciese. Regístrese y devuélvase. N°Penal-1232-2020.

Texto Completo (Preview)

Talca, quince de junio de dos mil veintiuno. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo la opinión del señor Fiscal Judicial y visto, además, lo dispuesto en los artículos 112, 157 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para seguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Letras y Garantía de Licantén, a quien se le remitirán los antecedentes.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica