2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

YACKSIC// NEURALIS S.A.

Rol

Fecha

15 de junio de 2021

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se sustanció la causa RIT Nº T – 1955 – 2019, por demanda principal de Tutela laboral, y subsidiaria de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Por sentencia de veintidós de diciembre de dos mil veinte, se acogió parcialmente la demanda subsidiaria, declarando que el despido fue injustificado, condenando a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, remuneración de siete días trabajados y el feriado proporcional, con reajustes e intereses legales, sin costas, rechazando la petición de nulidad del despido. Contra ese fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 477, segunda hipótesis, del Código del Trabajo, pidiendo se acoja la demanda, condenando al demandado a la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, por la causal del artículo 477, en relación al artículo 162, incisos 5°, 6° y 7°, ambos del Código del Trabajo, se alega que el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 477, segunda hipótesis, del Código del Trabajo, pidiendo se acoja la demanda, condenando al demandado a la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que, por la causal del artículo 477, en relación al artículo 162, incisos 5°, 6° y 7°, ambos del Código del Trabajo, se alega que el fallo se dictó con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, porque se acogió la demanda subsidiaria, teniendo por establecida la existencia de una relación laboral entre las partes, entre el 23 de septiembre y el 7 de octubre de 2019, señalando además que no se encontraba acreditado el pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a tal período. Sin embargo, en el considerando décimo séptimo se rechazó la demanda de nulidad del despido, argumentando lo siguiente: “En cuanto a la sanción establecida en el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, habiéndose establecido que la relación laboral habida entre las partes se extendió desde el 23 de septiembre hasta el 7 de octubre de 2020, sin perjuicio de no encontrarse acreditado el pago de las cotizaciones de seguridad social por el periodo antedicho, resulta inaplicable, en la especie, la normativa contenida en los incisos quinto, sexto, y séptimo del

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C.A. de Santiago Santiago, quince de junio de dos mil veintiuno. Visto: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se sustanció la causa RIT Nº T – 1955 – 2019, por demanda principal de Tutela laboral, y subsidiaria de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Por sentencia de veintidós de diciembre de dos mil veinte, se acogió parcialmente la demanda sub

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