VH MANUFACTURA DE TUBOS DE ACERO S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO NORTE
Rol
Fecha
15 de junio de 2021
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de fecha diez de octubre del año dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N°I-288-2019, se acogió parcialmente la reclamación interpuesta por VH Manufactura de tubos de acero S.A. en contra de Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, sin costas. Contra este fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, por dos causales conjuntas, una, la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte y la otra, del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegó solamente el apoderado de la recurrente. El recurso pretende que se acoja la reclamación en contra de la multa N° 2.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la reclamante hace valer la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Fundamenta la causal en que la sentencia infringió los artículos 7 y 22 del Código del Trabajo, por cuanto el juez estableció que el trabajador fallecido, cuyo accidente laboral dio origen a la fiscalización, no era parte del grupo de trabajadores exentos de jornada laboral conforme al artículo 22 del Código del ramo. En efecto, el sentenciador razonó que, no habiéndose firmado el contrato de trabajo, la reclamante no podía ampararse en éste para defender su posición. El recurrente indica que el
Fallo
fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, por dos causales conjuntas, una, la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte y la otra, del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegó solamente el apoderado de la recurrente. El recurso pretende que se acoja la reclamación en contra de la multa N° 2. Considerando: Primero: Que la reclamante hace valer la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Fundamenta la causal en que la sentencia infringió los artículos 7 y 22 del Código del Trabajo, por cuanto el juez estableció que el trabajador fallecido, cuyo accidente laboral dio origen a la fiscalización, no era parte del grupo de trabajadores exentos de jornada laboral conforme al artículo 22 del Código del ramo. En efecto, el sentenciador razonó que, no habiéndose firmado el contrato de trabajo, la reclamante no podía ampararse en éste para defender su posición. El recurrente indica que el fallo es erróneo en este punto, pues existe un borrador que acredita que el trabajador sí realizaría sus funciones exento de jornada laboral, pero no alcanzó a firmarse, pues las dos primeras semanas estuvo en capacitación y la tercera semana, el día jueves, ocurrió el accidente con resultado de muerte. Segundo: En cuanto a la causal conjunta, ésta es
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de junio de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de fecha diez de octubre del año dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N°I-288-2019, se acogió parcialmente la reclamación interpuesta por VH Manufactura de tubos de acero S.A. en contra de Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, sin costas. Co
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica