SIN INFORMACION

ROMERO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

14 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el defensor penal público penitenciario don Rodolfo Robles Pino recurre de amparo por el condenado Andrés Ramón Romero Carvajal y contra la Comisión de Libertad Condicional a causa del rechazo de la libertad condicional solicitada en su beneficio, estimándolo ilegal y arbitrario. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo condena en el C.D.P. Puente Alto, impuesta por sentencia pronunciada en causa Rit 183 – 2019 del 15º Juzgado de Garantía de Santiago por el delito de robo con intimidación de 3 años y un día. Que registra como fecha de inicio de condena el 9 de enero de 2019, con fecha de término el 10 de enero de 2022, y, que habiendo cumplido con el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional, lo que se verificó el 10 de enero de 2021, y demás requisitos legales, fue postulado para optar a la Libertad Condicional. Asevera que la Comisión de Libertad Condicional por resolución de 14 de abril de 2021 rechazó la petición del beneficio, fundada en que no se cumplen los presupuestos exigidos en el numeral 3 del artículo 2 de la Decreto Ley 321. Sostiene que la Comisión realiza una interpretación y aplicación errónea, ya que al haber negado el beneficio por considerar que no se cumple con el referido requisito normativo, otorga al informe de Gendarmería de Chile el carácter de vinculante, lo que no se ajusta a derecho, a razón de que el texto de la norma aludida le confiere solo carácter orientador. De modo tal que, siendo aquel Informe el único argumento esgrimido por la Comisión, se hace evidente que la misma carece de fundamento jurídico al rechazar la solicitud de beneficio de Libertad Condicional. En un segundo orden de ideas, hace presente aspectos favorables para el interno consignados en el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, los que fueron oportunamente explicados a la Comisión, consistentes en que su representado mantiene una relación de pareja hace 14 años, teniendo una hija de 11 años de

Fundamentos

considerando que se observa un mediano compromiso delictual y un nivel de riesgo de reincidencia e intervención alto, debido a una mediana conciencia de la gravedad del delito que lo hace minimizar sus acciones y responsabilidad en éstos y una insuficiente conciencia del mal causado, sin mostrar suficientes niveles de empatía hacia las víctimas, apreciándose un discurso de adecuación social de escasa profundidad. De esta manera, se tiene que el amparado no cumple con los requisitos objetivos y subjetivos para la concesión del beneficio en comento, estimando suficientemente fundada la respuesta de la Comisión a su respecto. Octavo: Que los antecedentes expuestos revelan que en este caso no se cumplen las exigencias que al efecto prevé el Decreto Ley Nº 321, razón por la que esta Corte rechazará la acción constitucional deducida en su nombre.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Andrés Ramón Romero Carvajal. Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare. N°382-2021-Amparo.

Texto Completo (Preview)

Certifico que, se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado Rodolfo Robles Pino. San Miguel, 14 de junio 2021. Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, catorce de junio de dos mil veintiuno. A folio 45446: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el defensor penal público penitenciario don Rodolfo Robles Pino recurre de amparo por el condenado Andrés Ramón

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