SIN INFORMACION

SEVERINO ALBALLAY / AFP HABITAT

Rol

Fecha

14 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos Que, a folio 1 comparece Evelyn Severino Alballay, quien recurre de protección en contra de AFP Habitat S.A. Sostiene que la recurrida ha vulnerado sus garantías constitucionales por cuanto se ha negado a realizar el pago ordenado por el Juzgado de Familia de Valparaíso en causa Rit Z-118-2017, en circunstancias que ha preferido el pago ordenado en causa Rit Z-592-2011, del mismo Tribunal. Agrega que la justificación de la recurrida radicaría en que el otro alimentario solicitó la devolución antes, en el mes de octubre, mientras que la recurrente habría solicitado en diciembre. Solicita por tanto se ordene la realización del pago decretado por el Tribunal de Familia. Que, a folio 10, evacua informe AFP Habitat S.A., quien solicita el rechazo del recurso. En síntesis, confirma la existencia de ambas causas en que se ha solicitado la retención de los fondos derivados de los 3 retiros del 10%. Sin embargo, explicando cronológicamente las peticiones del Tribunal, da cuenta que los dineros retenidos del primer 10% fueron íntegramente entregados en causa Rit Z-592-2011 por cuanto no había una orden que lo impidiera. Posteriormente, el Juzgado de Familia habría ordenado pagar, nuevamente con cargo al primer retiro, lo cual no resulta posible de concretar por cuanto dichos fondos ya fueron puestos a disposición del Tribunal. Por lo tanto, para dar respuesta a la recurrente, el Tribunal debe ordenar el giro de los fondos con cargo al segundo y tercer retiro Que, a folio 11 evacua oficio el Magistrado Francisco Carreta Muñoz, del Juzgado de Familia de Valparaíso, quien da cuenta de la efectividad de la existencia de ambas causas. Sostuvo que en la causa la AFP informa que el demandado posee fondos con fecha 4 de febrero en curso. Como hay otros alimentarios se ordena el pago de esos montos a prorrata, ordenándose el pago de la parte que corresponde a la recurrente con fecha 9 de febrero, en la causa RIT Z-118-2007, por $820.970, mientras que en la otra que perte

Fundamentos

considerando: Primero: Que, según se desprende de los antecedentes, el recurso de protección se funda en la supuesta arbitrariedad realizada por la AFP recurrida por no gestionar el pago ordenado por el Tribunal de Familia de Valparaíso. Segundo: Que, tratándose de la ejecución de una resolución judicial dictada por un Tribunal de la instancia en el marco de un procedimiento de cumplimiento, la decisión que allí se contiene debe ser exigida por los medios procesales que el ordenamiento jurídico franquea ante el Juez que dictó la misma en el marco de un proceso de lato conocimiento. Lo expuesto implica además, que el conflicto jurídico que se solicita intervenir por esta vía cautelar, se encuentra al amparo del derecho. Tercero: Que, en consecuencia, encontrándose el conflicto ventilado en actual tramitación ante un Juzgado ordinario de Justicia y excediendo la presente acción los límites de la naturaleza cautelar del procedimiento proteccional, resulta ineludible el rechazo del presente arbitrio.

Fallo

por tanto se ordene la realización del pago decretado por el Tribunal de Familia. Que, a folio 10, evacua informe AFP Habitat S.A., quien solicita el rechazo del recurso. En síntesis, confirma la existencia de ambas causas en que se ha solicitado la retención de los fondos derivados de los 3 retiros del 10%. Sin embargo, explicando cronológicamente las peticiones del Tribunal, da cuenta que los dineros retenidos del primer 10% fueron íntegramente entregados en causa Rit Z-592-2011 por cuanto no había una orden que lo impidiera. Posteriormente, el Juzgado de Familia habría ordenado pagar, nuevamente con cargo al primer retiro, lo cual no resulta posible de concretar por cuanto dichos fondos ya fueron puestos a disposición del Tribunal. Por lo tanto, para dar respuesta a la recurrente, el Tribunal debe ordenar el giro de los fondos con cargo al segundo y tercer retiro Que, a folio 11 evacua oficio el Magistrado Francisco Carreta Muñoz, del Juzgado de Familia de Valparaíso, quien da cuenta de la efectividad de la existencia de ambas causas. Sostuvo que en la causa la AFP informa que el demandado posee fondos con fecha 4 de febrero en curso. Como hay otros alimentarios se ordena el pago de esos montos a prorrata, ordenándose el pago de la parte que corresponde a la recurrente con fecha 9 de febrero, en la causa RIT Z-118-2007, por $820.970, mientras que en la otra que pertenece a otro alimentario la RIT Z-592-2011 la suma de $1.311.958. Luego de ello, la AFP señala que solo p

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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de junio de dos mil veintiuno. Vistos Que, a folio 1 comparece Evelyn Severino Alballay, quien recurre de protección en contra de AFP Habitat S.A. Sostiene que la recurrida ha vulnerado sus garantías constitucionales por cuanto se ha negado a realizar el pago ordenado por el Juzgado de Familia de Valparaíso en causa Rit Z-118-2017, en circunstancias que

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