SIN INFORMACION

BO PACKAGING S.A / VIGESIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA I.C. N° 3562-2021.

Rol

Fecha

14 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°).- Comparecen don Rodrigo Campero Tagle y don Hugo Ojeda Montoya, abogados, en representación de BO Packaging S.A., e interponen falso recurso de hecho respecto de la resolución de 23 de abril de 2021, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago en los autos caratulados “Grasberg Exploration Ltda. con BO Packaging S.A.”, Rol No C-789-2020, que declaró admisible el recurso de apelación deducido por Grasberg Exploration Ltda. de manera subsidiaria a un recurso de reposición de 22 de abril de 2021, contra una sentencia interlocutoria que acogió un incidente de abandono del procedimiento, a fin de que se revoque esta decisión y, en su lugar, se declare improcedente ese recurso, con costas. Señalan que la resolución que acoge un incidente de abandono del procedimiento es una sentencia interlocutoria que falla un incidente estableciendo derechos permanentes a favor de las partes y que pone término al litigio o hace imposible su prosecución. Que así también lo reconoce la demandante al hacerse parte en segunda instancia del recurso de apelación que interpuso. Cita artículo 158 Código de Procedimiento Civil. Agregan que la sentencia interlocutoria de 19 de abril de 2021 debía ser impugnada mediante un recurso de apelación directo, y NO en forma subsidiaria a un recurso de reposición, como erradamente lo efectuó Grasberg. Cita artículo 187 y 188 Código de Procedimiento Civil. En subsidio del falso recurso de hecho, solicitan que se declare sin lugar el recurso de apelación deducido por Grasberg en forma subsidiaria al recurso de reposición de fecha 22 de abril de 2021, en uso de las facultades dispuestas en el inciso 2° del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, teniendo presente los argumentos de hecho y de derecho ofrecidos en lo principal de su presentación, los cuales piden tener por íntegramente reproducidos para todos los efectos procesales y substantivos que en derecho correspondan, en vista de manifiestas razones de econ

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho y peticiones concretas, dando con ello debido cumplimiento a las exigencias contenidas en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. En rigor, desde el punto de vista procesal el planteamiento de cuestiones subsidiarias supone el no acogimiento de aquellas que se promueven por vía principal, sin que se exija una especial vinculación entre ellas o que la propuesta de unas determine o excluya necesariamente la consideración de las otras. En la especie la apelación deducida por la parte demandante respecto de una sentencia interlocutoria satisface las exigencias antes indicadas y se ha interpuesto, además, contra una resolución judicial susceptible de este medio de impugnación, conforme expresamente estatuye el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, motivo por el cual corresponde desestimar el presente recurso de hecho.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de veintidós de abril del año en curso, que concedió el recurso de apelación formulado en contra de la resolución que hizo lugar al abandono de procedimiento. Respecto a la solicitud subsidiaria deducida en el segundo otrosí del recurso interpuesto: estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-4708-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°).- Comparecen don Rodrigo Campero Tagle y don Hugo Ojeda Montoya, abogados, en representación de BO Packaging S.A., e interponen falso recurso de hecho respecto de la resolución de 23 de abril de 2021, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago en los autos caratulados “Grasberg Exploration Ltda. co

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