SIN INFORMACION

HUARACHI QUISPE GELAFIO CONTRA JUEZ DEL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE POZO ALMONTE - SR. HORACIO ANDRADE AGUILANTE

Rol

Fecha

14 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece doña Bárbara Valenzuela Rodríguez, Defensor Penal Público Penitenciario, en representación de Gelafio Huarachi Quispe, de nacionalidad boliviana, cédula de identidad N° 14843776-9, condenado en causa RIT 2060-2013, RUC 1301135931-5, del Juzgado de Garantía de Pozo Almonte, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio, por quien deduce acción de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 28 de abril de 2021, en causa RIT 2060-2021 RUC 1301135931-9, por el Magistrado Horacio Manuel Andrade Aguilante, por el cual se rechazó abonar el tiempo que cumplió el amparado bajo la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional, hasta que fue revocada por el delito actual RUC 1301085784-2, RIT 106-2014, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama. Expone que el 08 de julio de 2018, el amparado fue condenado en la causa RIT 2060-2013, RUC 1301135931-5, del Juzgado de Garantía de Pozo Almonte a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, más accesorias legales, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas, sustituyéndose la pena principal por la de expulsión. Así, inició el cumplimiento de la pena sustitutiva de expulsión a Bolivia con fecha 13 de agosto de 2014, según consta en ORD. Nº 1051 de fecha 09 de abril del presente año emitido por Policía de Investigaciones, teniendo previsto su cumplimiento para el día 23 de agosto de 2024. Seguidamente, relata que con fecha 18 de septiembre de 2020, pasó a control de detención por causa RIT 8836-2020 del Juzgado de Garantía de Arica, por el delito de infringir normas higiénicas y de salubridad, dándose orden de libertad en esa causa, y se da orden de ingreso en causa RUC 1301135931-5 del Juzgado de Garantía de Pozo Almonte. Alude que al momento de revocación del beneficio, el 11 de enero de 2021, no se dio aplicación al artículo 26 de la Ley 20.603, que modifica la Ley 18.216, y que el 28 de abril pasado, se realizó la audiencia en el

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política, prevé que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega, que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que en la especie, el acto reclamado por la recurrente lo constituye la resolución dictada en audiencia de 28 de abril pasado, por el Sr. Juez del Juzgado de Garantía de Pozo Almonte, don Horacio Andrade Aguilante, en causa RIT 2060-2013, RUC 1301135931-5, mediante la cual rechazó abonar el tiempo que el amparado habría cumplido, bajo la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional, hasta que le fue revocada. TERCERO: Que conforme a los antecedentes aportados, la situación fáctica del amparado en la causa antes citada, es la siguiente: 1) El 08 de julio de 2014, en causa RIT 165-2014 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, fue condenado a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo como autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la ley 20.000, la que fue sustituida por la expulsión del territorio nacional. 2) Dicha expulsión se materializó el 13 de agosto de 2014, registrando como último movimiento migratorio dicha salida del territorio nacional. 3) El amparado fue detenido el 19 de septiembre de 2020, por la comisión del delito de Infringir normas higiénicas y de Salud Pública. 4) Por resolución dictada en audiencia celebrada el 11 de enero del año en curso, se revocó la pena sustitutiva de expulsión, ordenando cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, reconociéndole 378 días de abono. CUARTO: Que para la resolución del arbitrio deducido, útil resulta colacionar las normas invocadas por la defensora recurrente. Así, el artículo 34 de la Ley 18.216 dispone que “Si el condenado a una pena igual o inferior a cinco años de presidio o reclusión menor en su grado máximo fuere un extranjero que no residiere legalmente en el país, el juez, de oficio o a petición de parte, podrá sustituir el cumplimiento de dicha pena por la expulsión de aquél del territorio nacional. A la audiencia que tenga por objetivo resolver acerca de la posible sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional deberá ser citado el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a fin de ser oído. Si se ordenare la expulsión, deberá oficiarse al Departamento de Extranjería del Ministerio mencionado para efectos de qu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido a favor de Gelafio Huarachi Quispe. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº 439-2021 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Iquique, catorce de junio de dos mil veintiuno. VISTO: Comparece doña Bárbara Valenzuela Rodríguez, Defensor Penal Público Penitenciario, en representación de Gelafio Huarachi Quispe, de nacionalidad boliviana, cédula de identidad N° 14843776-9, condenado en causa RIT 2060-2013, RUC 1301135931-5, del Juzgado de Garantía de Pozo Almonte, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica