SIN INFORMACION

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

12 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de BRUCE ROBERT MOLINA SABATIE cédula nacional de identidad Nº14.126.112-6, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, quien deduce recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto ilegal, ejecutado mediante resolución fecha 15 de abril del año 2021 que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere como antecedentes del amparado, que se encuentra cumpliendo Saldo de pena de 956 días por habérsele revocado beneficio de salida dominical, condena original de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de Robo en lugar no habitado en causa RUC 1700072633-8, del Juzgado de Garantía de Talca y condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado medio por el delito de robo en lugar habitado en causa ruc 1600960185-k del Juzgado de Garantía de Talca; que su conducta en los últimos 6 Bimestres ha sido calificada de Muy Buena; que el inicio original de su condena es el día 25 de marzo de 2017, el reinicio de su condena es el día 11 de marzo de 2019, el término del saldo de la condena es el día 21 de octubre de 2021, el tiempo mínimo de postulación es el día 26 de julio de 2019. Indica que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la petición de Libertad Condicional para mi representado, argumentando lo siguiente: “…por no cumplir con los requisitos legales previstos en el artículo 2° número 3 del citado cuerpo legal, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, se desprende que el recluso presenta un riesgo alto de reincidencia, manteniendo necesidades de intervención en las áreas de pareja/familia, utilización del tiempo libre, orientación procriminal, patrón antisocial, pares, utilización del tiempo libre, resolución de conflictos y consumo de drogas y alcohol, además, justifica y minimiza su actuar delictual, carece de empatía con la víctima, aunado al hecho que detenta revocación de reclusión nocturna y quebrantamiento de beneficio intrapenitenciario de salida dominical, antecedentes que permiten colegir que el beneficio que se otorgue está propenso a ser incumplido, por los que en concepto de esta comisión, no cumple con los presupuestos fácticos esenciales para reinsertarse adecuadamente en la sociedad y hacerlo acreedor del otorgamiento del beneficio de libertad condicional.” Señala que la resolución mediante la cual rechaza la concesión de Libertad Condicional a su representado, atendiendo a que no cumpliría con los requisitos necesarios para concederle la Libertad Condicional, se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad personal del amparado, en contravención a lo dispuesto por la Constitución y las leyes es un acto ilegal, infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto 338 de septiembre 20

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducida por don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de BRUCE ROBERT MOLINA SABATIE cédula nacional de identidad Nº14.126.112-6, y en contra de la resolución del 15 de abril del año en curso, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó el beneficio de libertad condicional respecto del amparado de autos. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-170-2021.

Texto Completo (Preview)

Talca, doce de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de BRUCE ROBERT MOLINA SABATIE cédula nacional de identidad Nº14.126.112-6, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, quien deduce recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, po

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