1º JUZGADO DE LETRAS DE COYHAIQUE

CONSORCIO INGETAL CVV INGETAL S.A./SERVICIO DE SALUD XI REGION DE AYSEN

Rol

Fecha

11 de junio de 2021

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: Desprendiéndose de los antecedentes que se conocen, que la resolución impugnada, de fecha 19 de Mayo de 2021, agregada a Folio 7 del cuaderno de Incidente de Nulidad de lo Obrado, corresponde a una sentencia interlocutoria en contra de la cual, en virtud del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, es procedente el recurso de apelación propiamente tal y no aquel deducido en subsidio de una reposición, como lo es el caso que se analiza, y de acuerdo con la disposición legal citada y lo prescrito en el artículo 188, del mismo código, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario de reposición deducido en la presentación de Folio 8, por don Reinaldo Reyes Garrido, en representación del Servicio de Salud de Aysén, en contra de la resolución de fecha diecinueve de Mayo de dos mil veintiuno. Regístrese y devuélvanse. Rol N° 64-2021 (Civil).

Fallo

se declara: Estese a lo que se resolverá. Proveyendo derechamente la presentación de Folio 4, se resuelve: VISTOS: Desprendiéndose de los antecedentes que se conocen, que la resolución impugnada, de fecha 19 de Mayo de 2021, agregada a Folio 7 del cuaderno de Incidente de Nulidad de lo Obrado, corresponde a una sentencia interlocutoria en contra de la cual, en virtud del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, es procedente el recurso de apelación propiamente tal y no aquel deducido en subsidio de una reposición, como lo es el caso que se analiza, y de acuerdo con la disposición legal citada y lo prescrito en el artículo 188, del mismo código, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario de reposición deducido en la presentación de Folio 8, por don Reinaldo Reyes Garrido, en representación del Servicio de Salud de Aysén, en contra de la resolución de fecha diecinueve de Mayo de dos mil veintiuno. Regístrese y devuélvanse. Rol N° 64-2021 (Civil).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, once de Junio de dos mil veintiuno. Con la cuenta de la señorita Relator, a la presentación Folio 7, se declara: Estese a lo que se resolverá. Proveyendo derechamente la presentación de Folio 4, se resuelve: VISTOS: Desprendiéndose de los antecedentes que se conocen, que la resolución impugnada, de fecha 19 de Mayo de 2021, agregada a Folio 7 del cuaderno de Incidente de Nulidad de lo

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