ROJAS/SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD REGIÓN DE COQUIMBO
Rol
Fecha
11 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparecen 1.- FERNANDA MASSIEL ROJAS ORTÍZ, dueña de casa, cédula nacional de identidad N.º 16.596.777-1, por sí y en representación legal de sus hijos BRUNO ALONSO AVALOS ROJAS, cédula de identidad N.º 25.221.301-5, y GABRIEL ANDRÉS AVALOS ROJAS, cédula de identidad N.º 24.307.970-5; 2.- MAGALY ANDREA ROJAS ORTÍZ, chilena, soltera, dueña de casa, cédula de identidad N.º 16.110.874-k, por sí y en representación legal de sus hijos ANTONELLA VALENTINA GODOY ROJAS, cédula de identidad N.º 25.102.635-1 y BASTIÁN IGNACIO MARÍN ROJAS, cédula de identidad N.º 23.815.869 -9; 3.-NELLY ARINDA ORTÍZ ROJAS, dueña de casa, cédula de identidad N.º 6.325.735-4, y HERACLIO ROJAS, jubilado, cédula de identidad N.º 4.246.262-4; todos con domicilio en Calle Única S/N, Sector San Julián, comuna de Ovalle; interponiendo acción constitucional de protección en contra de SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE COQUIMBO, persona jurídica de derecho público, Rol Único Tributario N.º 61.601.000-K, representado por don ALEJANDRO GARCÍA CARREÑO, en su calidad de Seremi de Salud, ambos con domicilio en calle San Joaquín 1801, La Serena, por el acto consistente en la dictación del Decreto Exento N.º 23, de fecha 29 de marzo de 2021, que dispone vacunación obligatoria contra la influenza para el año 2021 para grupo de población que indica. Como garantías vulneradas indican aquellas contenidas en los numerales 1, 2, 3 inciso quinto, 5 y 6 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Sostienen que el acto administrativo impugnado escoge arbitrariamente grupos de la población, entre ellos personas enfermas y con riesgo alto de mortalidad, para someterlos a vacunación obligatoria. Exponen los recurrentes que todos ellos componen una familia integrada por sus padres, dos hijas, y cuatro nietos, que vive en la zona rural de Ovalle, que mantiene una vida sencilla y saludable. Afirman que ninguno de los integrantes de la familia desea ser vacunado a la fuerza, pues confían en su sistema inmunológico, y tienen conocimiento que las vacunas contienen materiales tóxicos como mercurio y aluminio, lo que se contrapone a los supuestos beneficios de la vacunación. Sostienen que los recurrente Nelly y Heraclio, son personas de avanzada edad, que tienen una calidad de vida óptima, y que al conocer el contenido del decreto sintieron inquietud y temor. Manifiestan que en el caso de sus hijos, los establecimientos educaciones a los que asisten los están presionando para vacunar a sus hijos. Aseveran que el decreto impugnado selecciona determinados grupos de personas, elegidas en forma cuidadosa, pero arbitraria, con un criterio que dista de ser científico. Arguyen, que conforme a estudios científicos que acompañan al recurso, existirían una serie de riesgos relevantes asociados a la vacunación contra la influenza, en particular en el contexto actual de pandemia por el virus SARSCOV2, que detallan latamente en su libelo, basados en los cuales, rehúsan
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección, se resuelve que SE RECHAZAN, sin costas, los recursos de protección interpuestos en contra de Secretaría Regional Ministerial de Salud de Coquimbo. Regístrese y archívese en su oportunidad Redacción de la Ministra Marta Maldonado Navarro Rol N° 176-2021 y acumuladas.-
Texto Completo (Preview)
Rojas Ortiz, Fernanda y otros Secretaría Regional Ministerial de Salud de Coquimbo Recurso de Protección Rol N° 176-2021.- La Serena, once de junio de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparecen 1.- FERNANDA MASSIEL ROJAS ORTÍZ, dueña de casa, cédula nacional de identidad N.º 16.596.777-1, por sí y en representación legal de sus hijos BRUNO ALONSO AVALOS ROJAS, cédula de ide
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