JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

MINISTERIO PÚBLICO C/ LUIS RENÉ DONOSO ALFARO

Rol

Fecha

11 de junio de 2021

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes y

Fundamentos

considerando que si bien el artículo 33 del Código Procesal Penal permite adoptar la medida de prisión preventiva, la misma tiene limitaciones de conformidad al debido proceso, la que implica ser juzgado lo antes posible,

Fallo

por tanto, si la administración no cuenta con reservas de fechas para la realización de audiencias en casos especiales y urgentes, respecto de personas privadas de libertad, como debería contar, la mantención de la prisión preventiva se transforma en excesiva y por tanto arbitraria, lo que obliga a su revocación. Y visto además lo dispuesto en el artículo 358 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de seis de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, en consecuencia, se alza la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al imputado LUIS RENÉ DONOSO ALFARO. Dese orden de libertad en forma inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa. Notifíquese, comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°Penal-1303-2021. En Valparaíso, once de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jevp. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a once de junio de dos mil veintiuno, a las 10:15 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, Presidida por el Ministro Titular Sr. Raúl Mera Muñoz e integrada por la Ministra Titular Sra. Inés María Letelier Ferrada y la Ministra Suplente Sra. Ingrid Alvial Figueroa, actuando como ministro

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