KAREN PILAR MONTIEL PÉREZ/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SAN MIGUEL
Rol
Fecha
10 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Mauricio De la Hoz Mardones, defensor penal público penitenciario, domiciliado en avenida Beaucheff Nº755, comuna de Santiago, quien deduce recurso de amparo a favor de Karen Pilar Montiel Pérez, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional y su resolución de fecha 14 de abril de 2021 que rechazó la postulación de la referida sentenciada al beneficio de la libertad condicional. Estima que dicha decisión no se ajusta a derecho, lo que torna la privación de libertad de su defendida en arbitraria e ilegal. Expone que la amparada se encuentra cumpliendo una pena de 8 años por el delito de homicidio simple, condena del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Refiere como fecha de inicio de la condena el 17 de octubre de 2016 y como fecha de término el 17 de octubre de 2024, cumpliendo el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional el 17 de octubre de 2020. Agrega que al cumplir con los requisitos legales y reglamentarios establecidos en el Decreto Ley Nº321 y su reglamento, fue postulado para su libertad condicional en lista Nº1 por el Tribunal de Conducta correspondiente. Dice que, sin perjuicio de lo anterior, la Comisión resolvió rechazar, la postulación de su defendida, con mediano compromiso delictual, ya que “presenta factores de riesgo de reincidencia, de rango alto, sin satisfacer las exigencias del artículo 2 Nº3 del DL 321, puesto que su rechazo al delito es relativo solo al hecho por el cual cumple condena, mantiene validación del delito como como medio de subsistencia, presentando dificultades para encontrar un estilo de vida prosocial, desvinculado de la infracción normativa, no existiendo las condiciones que permitan cumplir su condena en el medio libre”. Alega que el informe que realiza Gendarmería de Chile contenía elementos favorables para la interna. En primer lugar, que no forma parte del programa de personas privadas de libertad por los cupos limitados en la implementación del programa e
Fundamentos
considerando sus dificultades en el control de impulsos, disminuida identificación con la normativa convencional y que su rechazo a las conductas ilícitas se limita únicamente al delito cometido. De esta manera, se tiene que la condenada no cumple con los requisitos subjetivos para la concesión del beneficio en comento. Octavo: Que los antecedentes expuestos revelan que, en este caso, no se cumplen las exigencias que al efecto prevé el Decreto Ley Nº 321, razón por la que esta Corte desestimará la acción constitucional deducida en su nombre.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Karen Pilar Montiel Pérez. Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare. N° 372-2021-Amparo.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de amparo la abogado doña Nicoll Rojas, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 10:03 horas y terminó a las 10:13 horas. San Miguel, 10 de junio de 2021. Andrea Durán B. Relatora. San Miguel, diez de junio de dos mil veintiuno. Al folio 44286: A todo: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que co
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