PANGAL S.A. CON SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION DE LA REGION DEL LIBERTADOR BERNARDO O`HIGGINS
Rol
Fecha
9 de junio de 2021
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: 1.- Que, el informe en derecho acompañado por la parte demandante y recurrente en segunda instancia, a Folio 16, en nada alteran las conclusiones de la jueza de primera instancia, por cuanto de su lectura consta que no ha sido emitido en relación con la presente causa, sino que respecto de una diversa, con partes también distintas, de manera tal que sus conclusiones no pueden resultar aplicables en la especie. 2.- Que, en cuanto a la condena en costas, se procederá a revocar tal decisión, teniendo para ello presente que la parte demandante, sin perjuicio del resultado desfavorable a su pretensión, ha tenido motivo plausible para litigar. Por lo anterior y lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que se revoca la sentencia apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en causa ROL C-18.653-2016, en cuanto condenó en constas a la parte demandante y, en su lugar se resuelve, que se le exime del pago de ellas. II.- Que, se confirma, en lo demás, la referida sentencia. ó en constas a la parte demandante y, en su lugar se resuelve, que se le exime del pago de ellas. pretension, Regístrese y devuélvase. Rol Corte 794-2020.Civil.-
Fallo
se resuelve: I.- Que se revoca la sentencia apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en causa ROL C-18.653-2016, en cuanto condenó en constas a la parte demandante y, en su lugar se resuelve, que se le exime del pago de ellas. II.- Que, se confirma, en lo demás, la referida sentencia. ó en constas a la parte demandante y, en su lugar se resuelve, que se le exime del pago de ellas. pretension, Regístrese y devuélvase. Rol Corte 794-2020.Civil.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, nueve de junio de dos mil veintiuno. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: 1.- Que, el informe en derecho acompañado por la parte demandante y recurrente en segunda instancia, a Folio 16, en nada alteran las conclusiones de la jueza de primera instancia, por cuanto de su lectura consta que no ha sido emitido en relación con l
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