ARANCIBIA VELASQUEZ ALEXIS / 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
9 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Luis Madariaga Mendoza, abogado, en favor de Alexis Arancibia Velásquez, recluido en el CDP Santiago Sur, e interpone acción constitucional de amparo en contra del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, por el acto de fecha 13 de mayo de 2021, en que le fue revocada la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, estimando que con ello se vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Expone que el 6 de marzo de 2018 en causa RIT 7899-2017 del Tribunal recurrido fue condenado a cumplir una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la cual le fue sustituida por remisión condicional de la pena. Esta última fue revocada el 13 de mayo de 2021 por existir incumplimientos graves y reiterados de la misma. Considera que esto es un acto ilegal y arbitrario, toda vez que el inicio de la remisión de la pena fue el 30 de agosto de 2021, oportunidad en que se le intensificó a “dos firmas semanales” (sic), siendo el término de la condena el 31 de agosto de 2021. Afirma que solo faltaron los controles de los meses de diciembre de 2020, febrero, marzo y abril de 2021, tiempo relacionado con el estado de cuarentena que afecta al amparado, que le impidió acceder adecuadamente con los controles correspondientes. Entiende que esto es justificación suficiente para la no revocación del beneficio de cumplimiento alternativo, o a lo menos intensificarla a reclusión parcial domiciliaria previo a revocarla. Solicita, en concreto, que se mantenga la pena sustitutiva y se otorgue la inmediata libertad del amparado o su intensificación. SEGUNDO: Que, informando, Sebastián Ernesto Zülch Barrios, Juez Titular del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, señala que efectivamente con fecha 6 de marzo de 2018 el amparado fue condenado a una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito consumado previsto en el artículo 456 bis A) del Códig
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en contra del Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese y regístrese si no se apelare. N°Amparo-1988-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señor Jose S. Perez Anker y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veintiuno. A los folios 10 y 11: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Luis Madariaga Mendoza, abogado, en favor de Alexis Arancibia Velásquez, recluido en el CDP Santiago Sur, e interpone acción constitucional de amparo en contra del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, por el acto de fecha 13 de mayo de 2021, en
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