SANTOS LOPEZ JESUS MIGUEL/CARABINEROS DE CHILE - POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Rol
Fecha
9 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Juan Vallejos Parra, abogado, quien deduce acción de amparo constitucional en favor de JESÚS MIGUEL SANTOS LÓPEZ, venezolano, cédula de identidad N° 26.060.005-2, frente a la grave perturbación y amenaza que representa para su derecho a la libertad personal y la seguridad individual los actos arbitrarios e ilegales realizados por funcionarios de la Policía Internacional de la Policía de Investigaciones, Carabineros de Chile y el Registro Civil e Identificación, ya que sin contar con orden de tribunal competente, le han negado la salida del país y pasaporte, aduciendo tener orden de arraigo vigente, por causas cumplidas y terminadas, sin señalar por qué tribunal y de qué fecha, que considera lo más importante. Señala que el amparado no está privado de libertad por resolución judicial alguna, por lo que no teniendo restricciones que le impidieran salir del país, optó por viajar fuera de esta para vacacionar, pero grande fue su sorpresa al enterarse que debía concurrir a la PDI porque tenía arraigo vigente, sin explicaciones, y sin estar sujeto a medidas cautelares que le impidan su desplazamiento. Indica que tanto la PDI, el Registro Civil y Carabineros tendrían registrados encargos de detención en su contra. Sindica como vulnerada la garantía prevista en el artículo 19 N° 7 letras a) y b) de la Constitución, así como diversos tratados internacionales que nombra. Solicita que se restablezca el imperio del Derecho, en el sentido de declarar que el intento de detención es realizado en forma arbitraria e ilegal, como también cualquier orden de detención que emanara de otro tribunal se ha ordenado con vulneración de garantías constitucionales, ordenándose su inmediato cese, o lo que esta Corte estime que en Derecho corresponde. Segundo: Que, informando por el Servicio de Registro Civil e Identificación, doña Mónica Huerta Valderrama, Subdirectora Jurídica (S), da cuenta que de conformidad a lo establecido en el Decreto N
Fundamentos
motivos que impiden acoger su pretensión, como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de JESUS MIGUEL SANTOS LÓPEZ, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y del Servicio de Registro Civil de Identificación. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. Rol N° Amparo-2069-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Juan Vallejos Parra, abogado, quien deduce acción de amparo constitucional en favor de JESÚS MIGUEL SANTOS LÓPEZ, venezolano, cédula de identidad N° 26.060.005-2, frente a la grave perturbación y amenaza que representa para su derecho a la libertad personal y la seguridad individual
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