SIN INFORMACION

BRICEÑO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.

Rol

Fecha

9 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

SE DESESTIMA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: La comparecencia de Patricio Marcelo Briceño Toro, Mecánico, con domicilio en Avenida Los Exploradores N° 14011, casa N° 49 de la ciudad de Antofagasta, quien interpuso recurso de protección en contra de Caja de Compensación Los Andes. Solicita se ordene el reintegro y la devolución de todas y cada una de las sumas descontadas en forma ilegal y arbitraria de sus remuneraciones por un monto de $702.698.-, al que habrán de sumar los montos descontados durante la secuela de la acción constitucional. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Patricio Briceño Toro, fundó la acción en que el día 05 de diciembre del año 2020, en su liquidación de sueldo consta un descuento a favor de la Caja de Compensación de Los Andes por la suma de $175.708.- (ciento setenta y cinco mil setecientos ocho pesos), descuento del cual no tuvo aviso previo ni tampoco conocimiento, este descuento sigue aplicándose hasta la fecha de hoy. Es así como concurre a la oficina de la entidad antes señalada y le comunican que dicho descuento corresponde a un crédito obtenido a raíz de la relación laboral que mantuvo durante el periodo de años 2005-2010 en la que era su empleadora MC- 2000. Señala que desde el momento que término su vínculo laboral con la empresa MC-2000, a la fecha no ha recibido antecedente alguno del crédito por el cual ha sufrido descuentos en su ingreso por remuneraciones ni notificaciones, más aún dada las circunstancias en plena pandemia por COVID-19 que ha tenido repercusiones en su hogar tanto económicas como de índole familiar. Que presuntamente amparadas en la Ley de cajas de compensación, la recurrida efectúa descuentos que no han sido informados de manera alguna, y que corresponderían con una deuda que en todo caso se halla prescrita, de acuerdo al derecho civil. Por lo demás nunca se ha notificado acción judicial tendente al cobro de dicha deuda, ni menos se le ha notificado demanda alguna. La recurrida se encontró siempre en condiciones de ejercer las acciones legales tendientes al cobro, desde el mismo momento en que se cesó del pago de la obligación crediticia y el crédito se tuvo por vencido, esto es el 31 de enero del año 2012. Debe tenerse presente que el primero de los descuentos vino a ser practicado 8 años después de vencida la deuda. En razón de lo anterior, solicita se ordene a la recurrida Caja de Compensación Los Andes, el reintegro y la devolución de todas y cada una de las sumas descontadas en forma ilegal y arbitraria de las remuneraciones del recurrente por un monto de $702.698 el que habrán de sumar los montos descontados durante la secuela de la acción constitucional, con costas del recurso. SEGUNDO: Que informó Sergio Abarca Vargas, abogado, en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes. Señala que con fecha 19 de febrero 2009, Caja Los Andes otorgó al señor Patricio Briceño Toro, el crédito social Nº 03.268582-7 por un capital inicial de $2.285.996.-, a una tasa de Interés de 2.40%, pagadero en un plazo de 35 meses, con cuotas mensuales de $100.799, cuyo primer vencimiento correspondió el 31 de marzo 2009. A la presente fecha, la referida operación de crédito mantiene en morosidad el pago de las cuotas de julio de 2010 a enero de 2012, Nº17 a Nº35. Así entonces, su representada se encuentra efectuando el cobro de una deuda cuya acción de cobro no ha sido declarada prescrita. Así, la única forma para que opere la prescripción extintiva de derechos y obligaciones, es que esta sea alegada por quien

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE DECLARA: Que, se desestima, sin costas, el recurso deducido por Patricio Marcelo Briceño Toro en contra de Caja de Compensación Los Andes.- Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 3340 - 2021 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, nueve de junio de dos mil veintiuno. VISTO: La comparecencia de Patricio Marcelo Briceño Toro, Mecánico, con domicilio en Avenida Los Exploradores N° 14011, casa N° 49 de la ciudad de Antofagasta, quien interpuso recurso de protección en contra de Caja de Compensación Los Andes. Solicita se ordene el reintegro y la devolución de todas y cada una de las sumas descontadas en forma ileg

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