JURISCARD ASISTENCIA JURÍDICA INTEGRAL EIRL/INTENDENCIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
8 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparece Enrique Carlos Tello Tabilo Director General de Juriscard Asistencia Jurídica Integral de Antofagasta, Unidad de Defensa, Promoción y Protección de Derechos Humanos, con domicilio civil y comercial en Pasaje Jaime Guzmán N°416, localidad de Baquedano, Sierra Gorda, en nombre y representación de Yorianyelix Yaneth Torrealba Martínez, Pasaporte 149634210, Venezolana, con domicilio en Antofagasta, quien interpone recurso de amparo en contra de la Intendencia Regional de Antofagasta por dictar la resolución que decreta su expulsión del territorio nacional, para que se deje sin efecto. Informan los recurridos, solicitando el rechazo de la acción. Puesta en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que la amparada a finales del año 2020 ingresó a territorio nacional de forma irregular por paso no habilitado, efectuando la respectiva autodenuncia ante Policía de Investigaciones de Chile, siendo notificada de la Resolución Exenta 1028-2021 de 04 de mayo de 2021 de la Intendencia Regional de Antofagasta que decreta la expulsión del país. Alega que no se le ha dado la oportunidad procesal administrativa ni judicial para efectuar sus descargos, alegaciones y defensas, ya que la recurrida reconoce expresamente que se ha desistido ante la Fiscalía de Antofagasta de la acción penal por el delito de ingreso clandestino por paso no habilitado. Refiere que no existiendo sanción penal que reproche el acto como típico, antijurídico y culpable, al tenor de los principios del debido proceso y de la presunción de inocencia, la expulsión debe ser dejada sin efecto, ya que la amparada no ha tenido una oportunidad procesal de efectuar sus descargos, defensas y alegaciones. Además, la amparada se encuentra en territorio nacional junto a su pareja y otros familiares. Solicita se deje sin efecto la resolución recurrida, ya que no ha tenido una oportunidad real de efectuar sus descargos, defensas y alegaciones, lo que afecta el principio del debido proceso, y presunción de inocencia. SEGUNDO: Que Yuriko Tadanobu Pérez, abogada de la Intendencia Región de Antofagasta, informa solicitando el rechazo del recurso. Indica que efectivamente se constató el ingreso clandestino de la Sra. Torrealba, quien tal como reconoce en su recurso ingresó por paso no habilitado al país, tal como fuere denunciado por personal especializado de Policía de Investigaciones a través de Parte Policial N°472 de fecha 18 de marzo de 2021. Realizada consulta en registro de viajes se logró verificar que efectivamente no contaba con movimientos migratorios de ingreso o salida del territorio nacional infringiendo lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Extranjería. Procediendo a realizar la denuncia por parte de autoridad provincial y posterior desistimiento con fecha 04 de mayo de 2021. De esta manera, se dicta Resolución Exenta N°1028 de fecha 04 de mayo de 2021 que determina la expulsión del país de la amparada, siendo notificada el 14 de mayo de 2021. Sostiene que resolución ha sido ordenada por autoridad competente, dentro de las facultades legales, con estricto apego a la Constitución y las leyes. No existiendo acto ilegal o arbitrario de parte de la autoridad, que prive, perturbe o amenace su derecho a la libertad personal y seguridad individual. En este sentido, la autoridad regional al recibir el parte de la Policía de Investigaciones ejerció las facultades otorgadas por ley, y la orden de expulsión cuenta con la debida motivación y fundamentación legal, basada en causa legal expresa, que además no es contrastada por ningún antecedente que haga variar los hechos que la motivaron, reconociendo el ingreso clandestino. TERCERO: Q
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE, el recurso de amparo deducido en favor de Yorianyelix Yaneth Torrealba Martínez, en contra de la Intendencia Regional de Antofagasta, solo en cuanto, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°1028 de cuatro de mayo de dos mil veintiuno, que disputo la expulsión del territorio nacional de la amparada Yorianyelix Yaneth Torrealba Martínez, dictada por el Intendente Regional de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 256-2021 (AMPARO)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a ocho de junio de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece Enrique Carlos Tello Tabilo Director General de Juriscard Asistencia Jurídica Integral de Antofagasta, Unidad de Defensa, Promoción y Protección de Derechos Humanos, con domicilio civil y comercial en Pasaje Jaime Guzmán N°416, localidad de Baquedano, Sierra Gorda, en nombre y representación de Yorianyelix Yaneth Torrealba Martí
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