SIN INFORMACION

COMERCIAL KAUFMANN S.A./VILLARROEL VILLALÓN LUIS

Rol

Fecha

7 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que don Noëlle Jeanneret Simian, abogado, en representación de Comercial Kaufmann S.A., en autos relativos al juicio arbitral sobre revocación del nombre de dominio ‘donamercedes.cl’, seguido en el expediente electrónico de NIC Chile Rol N° 40.334 ante el Juez Árbitro Arbitrador don Luis Wilfredo Villarroel Villalón, entre Comercial Kaufmann S.A. y don Marcelo Schmeisser, dedujo recurso de queja en contra del citado árbitro por las faltas y abusos graves incurridas al dictar la sentencia definitiva de fecha 25 de enero de 2021, mediante la cual se determinó mantener la asignación del nombre de dominio en disputa a don Marcelo Schmeisser. Lato escrito del Recurso de Queja, escaso en síntesis, señala la Reglamentación para el funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio .CL, en adelante también el “Reglamento NIC”, estipula en su artículo 21 que “Los conflictos que se susciten con ocasión de la revocación de un nombre de dominio .CL serán resueltos de acuerdo a la Política de Resolución de Controversias por Nombres de Dominio. CL.” y que “Toda controversia se someterá, resolverá y tramitará de acuerdo con el procedimiento de arbitraje, establecido en dicha política”, especificándose que los árbitros tendrán el carácter de "arbitrador", así como que en contra de sus resoluciones “no procederá recurso alguno”. Indica que el interés preferente de la revocante se acreditó en virtud de los siguientes hechos: Ser el distribuidor oficial y exclusivo en Chile de los vehículos de la reconocida y famosa marca MERCEDES BENZ desde el año 1971, comercializando también sus repuestos, partes y accesorios y la prestación de los todos los servicios de post-venta; de su titularidad de numerosos nombres de dominio que incluyen el signo MERCEDES, en alusión a la marca MERCEDES BENZ; de la identidad que existe entre éstos y el nombre de dominio de autos; y que las partes coinciden en el giro automotriz y prestación de servicios afines pues el contenido del sitio web www.donamercedes.cl redirige a sitios web que ofrecen dicho tipo de productos y servicios. La demanda se tuvo por contestada en rebeldía y la sentencia arbitral de fecha 25 de enero de 2021, en resumen sostiene: Que la parte revocante es reconocida por el desarrollo del rubro automotriz y servicios afines, por la marca vigente e inscrita “MERCEDES BENZ” (C°5), que dado que el actual titular del dominio disputado, Marcelo Schmeisser no compareció en el proceso arbitral, no existen en autos antecedentes que permitan presumir que pueda tener otros derechos o intereses de cualquier índole relacionados con la expresión contenida en “donamercedes.cl”. En efecto, de la prueba acompañada por la parte revocante, se determina que el sitio web correspondiente al nombre de dominio en autos se encuentra activo; que la revocante a su vez, mantiene activa su página web “kaufmann.cl” con amplia información sobre sus productos y servicios relacionados al ámbito automotriz, con automóviles, ca

Fallo

fallo en uno de carácter ininteligible e infundado. En cuanto a lo primero esto es haber vulnerado normas del Reglamento NIC, las que forman parte integrante del compromiso y por ello determinan el alcance de la competencia de todo juez árbitro en esta materia. La obligación del sentenciador de respetar las normas de las leyes mencionadas y, con ellas, el alcance de los derechos constituidos y protegidos bajo su amparo, se desprende de los artículos 2° inciso 2°, 6° letra b), 14, 18 inciso 1° del Reglamento NIC, que cita. Artículo 2° inciso 2°: “Se entenderá que forman parte integrante de la Reglamentación para el Funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio CL todas las Políticas, y Procedimientos establecidos para el desarrollo de las funciones relacionadas con la administración y registro de los nombres de dominio bajo .CL”. Artículo 6 letra b.: “Se entenderá que toda persona por el hecho de ser titular o solicitar la revocación de un nombre de dominio .CL, Declara estar en conocimiento, haber leído y aceptado la Reglamentación para el Funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio CL, sus Políticas y Procedimientos, todos los cuales constituyen las condiciones generales de contratación de un nombre de dominio en .CL, de acuerdo al número 2, inciso 2° de este instrumento”. Artículo 14: “Será de responsabilidad exclusiva del titular del registro que su inscripción no contraríe las normas sobre ejercicio de la libertad de expresión y de información, los principios

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de junio de dos mil veintiuno. Vistos y Considerando: PRIMERO: Que don Noëlle Jeanneret Simian, abogado, en representación de Comercial Kaufmann S.A., en autos relativos al juicio arbitral sobre revocación del nombre de dominio ‘donamercedes.cl’, seguido en el expediente electrónico de NIC Chile Rol N° 40.334 ante el Juez Árbitro Arbitrador don Luis Wilfredo Villarroel Villalón, e

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