1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA GLOBEGROUND/SWISSPORT CHILE S.A.

Rol

Fecha

7 de junio de 2021

Materia

REINCORPORACIÓN

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: En estos autos RIT S-61-2019, RUC Nº 1940209367-9, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de dos de octubre de dos mil veinte, la jueza de dicho tribunal doña Ema Novoa Mateos, acogió la denuncia por prácticas desleales en el marco de la negociación colectiva interpuesta por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Globeground Chile S.A. en contra de Swissport Chile S.A., declarando que la denunciada ha incurrido en prácticas desleales vulnerando el principio de la buena fe durante el desarrollo del proceso de negociación colectiva, al no cumplir la cláusula vigésima de la propuesta de última oferta de contrato colectivo a los trabajadores individualmente reincorporados, disponiendo como medida reparatoria que la denunciada deberá dar cumplimiento a la mencionada cláusula, pagando a cada trabajador afecto al proceso de reincorporación en las condiciones de la última oferta, un bono por la suma de $ 500.000.-, sin costas. Contra ese fallo la parte denunciada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer, de manera subsidiaria, las siguientes causales: artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del inciso quinto del artículo 357, en relación al inciso final del artículo 323, ambos del Código del Trabajo y; el motivo de nulidad del artículo 478 letra c) del Estatuto Laboral, por lo que pide anular la sentencia en aquella parte que acogió la denuncia por práctica desleal ordenado como medida reparatoria el pago del Bono por Firma de Contrato, y dictar una sentencia de reemplazo que rechace íntegramente la denuncia de autos, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: 1°) Que la denunciada deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo la parte denunciada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer, de manera subsidiaria, las siguientes causales: artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del inciso quinto del artículo 357, en relación al inciso final del artículo 323, ambos del Código del Trabajo y; el motivo de nulidad del artículo 478 letra c) del Estatuto Laboral, por lo que pide anular la sentencia en aquella parte que acogió la denuncia por práctica desleal ordenado como medida reparatoria el pago del Bono por Firma de Contrato, y dictar una sentencia de reemplazo que rechace íntegramente la denuncia de autos, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. Considerando: 1°) Que la denunciada deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo en relación a las normas antes citadas, por cuanto el tribunal no hace referencia alguna al sentido, alcance y efecto de lo dispuesto en la parte final del inciso quinto del artículo 357 del Código Laboral, en el sentido que a los trabajadores que se reincorporen individualmente no les será aplicable lo establecido en el inciso final del artículo 323 del aludido cuerpo legal, lo que lo cond

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de junio de dos mil veintiuno. Vistos: En estos autos RIT S-61-2019, RUC Nº 1940209367-9, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de dos de octubre de dos mil veinte, la jueza de dicho tribunal doña Ema Novoa Mateos, acogió la denuncia por prácticas desleales en el marco de la negociación colectiva interpuesta por el Sindicato de Trabajadores de la Em

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