SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE JUAN LUIS CATALDO GONZALEZ EN CONTRA DE LA COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (1°SEMESTRE 2021)

Rol

Fecha

4 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 31 de mayo de los corrientes, CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, por el condenado JUAN LUIS CATALDO GONZÁLEZ, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, por resolución N° 274-2021 de fecha 15 de abril del presente año, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo 4 años de presidio menor en su grado máximo, por el delito de Abuso sexual impropio, que el tiempo mínimo para optar al beneficio se cumplió el 02 de marzo pasado y que además ha observado una buena conducta durante los últimos seis bimestres. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio por el contenido del informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile. En primer lugar, afirma que el informe de postulación no cumple con las exigencias contempladas en el artículo 2° n° 3 del Decreto Ley 321, esto es, ser elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile. En segundo lugar, asevera que existe un yerro en la decisión pues el amparado sí ha demostrado importantes avances en su proceso de reinserción durante su actual reclusión, para la cual acompaña informe elaborado por la trabajadora social Ornella Spielman Guerrero, que da cuenta de elementos resocializadores que no fueron debidamente ponderados. Añade que existe una infracción a las disposiciones del D.S. 338 de 2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al fin preventivo especial de la pena y a las disposiciones internacionales reconocidas por Chile. Concluye, con lo dicho, que su representado sí cumple todos los requisitos para acceder al beneficio denegado y, en definitiva, solicita que se acoja el recurso ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que s

Fundamentos

considerando antecedentes distintos a los tenidos a la vista en su oportunidad, siendo además el conocimiento del fondo del asunto facultad privativa de la mencionada Comisión, encontrándose vedada la posibilidad de que esta Corte se avoque el conocimiento de asuntos que la Constitución y la Ley no ha colocado en la esfera de sus atribuciones. SEXTO: Que, en razón de las consideraciones precedentes, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de JUAN LUIS CATALDO GONZÁLEZ, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 183-2021 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Cataldo González, Juan Luis Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 183-2021.- La Serena, cuatro de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 31 de mayo de los corrientes, CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, por el condenado JUAN LUIS CATALDO GONZÁLEZ, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libe

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