INVERSIONES SAUMA LIMITADA/COMERCIALIZADORA DE PLASTICOS KAMIPLAS LIMITADA
Rol
Fecha
4 de junio de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos y teniendo presente: En cuanto al recurso de casación en la forma: 1°) Que el abogado don José Ampuero Valladares interpone en lo principal de su presentación de 16 de marzo de 2021, recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, por la causal prevista en el artículo 768 N° 7 del Código de Procedimiento Civil. Se refiere a la identidad de la demandante y asegura que del análisis del contrato de arrendamiento fluye que sus efectos no se radican en la actora, sino que en su representante legal, quien debió haber accionado, lo que no sucedió. Esgrime que el
Fundamentos
considerando segundo de la sentencia impugnada tiene el carácter de decisorio litis, toda vez que da por acreditada la existencia del contrato entre las partes de la causa. Argumenta que la causal de casación se configura, toda vez que la sentencia infringe el artículo 372 inciso segundo del Código de Comercio, por las razones ya indicadas, cuestión que le causa agravio, que sólo puede ser enmendado por la invalidación de la sentencia, lo que solicita se realice por esta Corte y, se dicte una nueva sentencia “que estime ajustado a derecho” (sic), con costas si procedieren. 2°) Que para que prospere la causal en estudio es menester que la sentencia contenga dos o más decisiones y que se hagan fuego entre sí, como sucedería si
Fallo
se declara resuelto un contrato y, a la vez, se ordena su cumplimiento. 3°) Que en la especie existe una sola decisión -declarar terminado el contrato de arrendamiento y hacer lugar a las demás peticiones de la demanda-, de modo que no puede estar en contradicción con ninguna otra, lo que llevará al rechazo del recurso de nulidad formal. En cuanto al recurso de apelación: 4°) Que esta Corte comparte íntegramente los fundamentos del fallo impugnado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 768 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido en contra de la sentencia dictada con fecha quince de febrero de dos mil veintiuno por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, la que se confirma, con costas de los recursos. Regístrese y devuélvase. N° Civil-3478-2021. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de junio de dos mil veintiuno. Proveyendo al escrito de folio 7: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: En cuanto al recurso de casación en la forma: 1°) Que el abogado don José Ampuero Valladares interpone en lo principal de su presentación de 16 de marzo de 2021, recurso de casación en la forma en contra de
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