JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ GONZALO ANDRES SEPULVEDA RUIZ

Rol

Fecha

4 de junio de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Que el peritaje criminalístico invocado por la defensa, no constituye un nuevo antecedente propiamente tal, desde que no es más que un análisis del contenido ya existente de la carpeta fiscal, por lo que manteniéndose la sindicación directa de la víctima contra el imputado, como aquél que huyó del inmueble, encontrándosele una especie reconocida por ésta, sólo cabe concluir que subsisten los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal penal, sin que lo alegado respecto del video desvirtue lo anterior, sin perjuicio de lo que se pueda demostrarse en el juicio respectivo y existiendo también necesidad de cautela en razón de tener anotaciones pretéritas, por lo que tratándose de un delito castigado con pena de crimen, y visto además lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintisiete de mayo pasado. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 166 - 2021 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán. - ACT/Cpr. - Chillán, cuatro de junio de dos mil veintiuno. Visto: Que el peritaje criminalístico invocado por la defensa, no constituye un nuevo antecedente propiamente tal, desde que no es más que un análisis del contenido ya existente de la carpeta fiscal, por lo que manteniéndose la sindicación directa de la víctima contra el imputado, como aquél que huyó del inmueble, encontrán

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