CARVAJAL/BANCO DE ESTADO DE CHILE
Rol
Fecha
2 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de John Flen Rettig, abogado, quien en representación de Claudia Selma Carvajal Carrizo, con domicilio en Parcela 13, Brisas del Romero de La Serena, interpuso recurso de protección en contra de Banco Estado, representado por Juan Cooper Álvarez, solicitando que se decrete el cese del descuento mensual de un préstamo que no solicitó ni recibió, además de la transferencia sin consentimiento de un millón de pesos, y las constantes llamadas y mensajes de textos hasta la actualidad cobrando una deuda que no existe, restituyendo la suma girada sin su consentimiento y descontada de su cuenta, con costas. Informó el recurrido, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción se funda en el actuar ilegal y arbitrario del recurrido, consistente en acosar a la recurrente mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto, cobrando extrajudicialmente y descontando cuotas de un préstamo que no se recibió, causando daño psicológico y vulnerando las garantías contenidas en el artículo 19 N° 1 y 24 de la Constitución Política de la República. Señaló que en junio del año dos mil dieciséis, solicitó un préstamo de consumo, que terminaría de pagar en julio de dos mil veinte, mediante cuarenta y ocho cuotas de $143.923.-. No obstante, en marzo de dos mil diecinueve, la cuota aumentó a $147.352.- por lo que pensó que sería un reajuste. Sin perjuicio de haber pagado la última cuota, en agosto de dos mil veinte, el descuento se siguió realizando a su chequera electrónica, por lo que efectuó el reclamo en el banco. Al respecto, el banco le informó que esta cuota correspondía a un nuevo préstamo solicitado para reliquidar las cuotas por pagar del crédito anterior, pese a que esto nunca fue solicitado por ella. Adicionalmente, el febrero del año dos mil diecinueve, se realizó una transferencia electrónica sin su consentimiento, por un monto de $1.000.000.- a una cuenta desconocida. En virtud de lo anterior y al no darse solución a sus reclamos, se cambió de banco para que no le fueran descontadas las cuotas, y desde entonces, ha recibido llamados telefónicos y mensajes de textos insistentemente, informando de la existencia de una operación vencida y la posibilidad de postergar las cuotas del crédito, respecto de operaciones que fueron realizadas con vulneración a los sistemas de seguridad del banco. Concluyó solicitando que se decrete el cese del descuento mensual del préstamo que no solicitó ni recibió, además de la transferencia sin consentimiento de un millón de pesos, y las constantes llamadas y mensajes de textos hasta la actualidad cobrando una deuda que no existe, restituyendo la suma girada sin su consentimiento y descontada de su cuenta, con costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Andrés Acevedo Léniz, en representación del Banco Estado de Chile, solicitando el rechazo con costas del recurso. En primer lugar, señaló que los reclamos de la recurrente fueron respondidos mediante cartas de veintiuno de noviembre de dos mil veinte y veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. La primera carta corresponde al reclamo por el crédito obtenido, indicándosele los datos de la operación, por un monto de $2.237.376.- a pagar en cincuenta y ocho cuotas, el que fue contratado el veintitrés de enero de dos mil diecinueve. La segunda, fue una respuesta a raíz de un reclamo por un supuesto hurto o fraude por $1.000.000.-, ocurrido en febrero de dos mil diecinueve, rechazándose la restitución de los fondos, por no encontrarse la situación en la Ley N°21.234, atendido a que no se presentó dentro de plazo de treinta días hábiles después del bloqueo del producto, respecto de transacciones no reconocidas oc
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, el recurso deducido por John Flen Rettig, en representación de Claudia Selma Carvajal Carrizo en contra del Banco Estado de Chile. Regístrese y comuníquese. Rol 2332 - 2021 (PROT)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a dos de junio de dos mil veinte VISTOS: La comparecencia de John Flen Rettig, abogado, quien en representación de Claudia Selma Carvajal Carrizo, con domicilio en Parcela 13, Brisas del Romero de La Serena, interpuso recurso de protección en contra de Banco Estado, representado por Juan Cooper Álvarez, solicitando que se decrete el cese del descuento mensual de un préstamo que no sol
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