SIN INFORMACION

CALDERON TOLOSA MARCELO EDUARDO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

2 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE. PRIMERO: Que, recurre de amparo Linda Susana Catalán Appelgren, en representación del condenado Marcelo Calderon Tolosa, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la resolución de Comisión de Libertad Condicional del mes de abril de 2021 por rechazar la concesión del beneficio vulnerando su libertad y seguridad individual. En cuanto a los antecedentes que fundan su recurso, señala que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo condena un saldo de condena de 1509 días, que corresponde a una condena de 10 años y 1 día por delito de Robo con Intimidación; 2 condenas de 41 días cada una por hurto simple. Agrega que inició su condena el 03 de mayo de 2018 y su término se encuentra fijado para el 19 de junio de 2022. Indica que cumple todos los requisitos del D.L. N°321, sin embargo la recurrida no le otorgó el beneficio de libertad condicional. Expone que el beneficio fue rechazado por informe psicosocial desfavorable, sin embargo no se ha evaluado correctamente sus avances y así dar estricto cumplimiento a lo expresado en el artículo 1º del DL Nº 321, en cuanto si un condenado cumple con el requisito de tiempo mínimo y de conducta, resulta de toda lógica que para realizar el informe psicosocial que exige el Nº 3 del artículo 2 del DL Nº 321, el profesional a cargo, deberá analizar la vida intrapenitenciaria del condenado para así evaluar si ha tenido avances que permitan demostrar que es merecedor de beneficio. Ello en la práctica no ocurre, pues la mayor parte del proceso de evaluación se centra en sus características personales anteriores y la condena que cumple. Por lo tanto, la resolución que niega la libertad condicional se erige como un acto ilegal y arbitrario, afectando directamente la libertad personal de su representado y justificando, el amparo constitucional Finalmente señala que el actor ha realizado distintos cursos tales como artesanía en madera y cuero. Cuenta con apoy

Fundamentos

fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto es posible advertir de los aspectos de evaluación que el amparado mantiene un riesgo de reincidencia alto, en que según sus características perseveran creencias de falta de critica a sus actos, lo que favorece una actitud procriminial y por lo tanto una identidad delictual. SEXTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.

Fallo

en mérito de lo expuesto acoja el recurso en todas sus partes disponiendo se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, decretando se le conceda inmediata libertad. SEGUNDO: Que, informa, doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaría Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, por cuanto se concluyó la existencia de factores de riesgos que desaconsejan otorgarle el beneficio solicitado, indicando específicamente lo siguiente: “entre los documentos analizados por esta Comisión, es posible advertir, que el postulante presenta un riesgo alto de reincidencia con características personales con potencial criminógeno tales como problemas de adherencia reflejado palmariamente en un quebrantamiento de beneficios intrapenitenciarios, deficiente capacidad de resolución de conflictos, precarias habilidades de autocontrol y escaso manejo de la ira todo lo cual exige continuar un trabajo en el medio cerrado.” En razón de lo anterior, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad antes referida. TERCERO: Que la Comisión de Libertad Condicional acomp

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C.A. de Santiago Santiago, dos de junio de dos mil veintiuno. Al folio 8: A todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE. PRIMERO: Que, recurre de amparo Linda Susana Catalán Appelgren, en representación del condenado Marcelo Calderon Tolosa, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la resolución de Comisión de Libertad Condicional del mes

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