SIN INFORMACION

MENA MORASSO ABRAHAM RODRIGO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

2 de junio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurre de amparo Carolina Andrea Medina Ortega, abogado, en representación del condenado don Abraham Rodrigo Mena Morasso, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada con fecha 15 de abril de 2021, que rechazó el beneficio de libertad condicional solicitado respecto del amparado. Expone como fundamento de su recurso que su defendido se encuentra actualmente recluido cumpliendo dos penas privativas de libertad, la primera, de 5 años por el delito de robo con intimidación, y la segunda, de 541 días, por el delito de conducción con placa patente oculta, de los cuales, cuenta con un abono de 916 días, y lleva cumplido un total de 5 años a la fecha. Según datos estadísticos de Gendarmería de Chile se señala como fecha de inicio de su condena el día 23 de octubre de 2018 y el término de la misma para el día 13 de octubre de 2022, indicando Gendarmería que, de conformidad con sus cómputos, tendría un tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional el día 18 de octubre de 2020, cumpliendo con creces este requisito Que sin embargo cumplir con todos los requisitos establecidos en el DL N°321,la recurrida rechazo la concesión del beneficio, sin embargo no se evaluó correctamente sus avances tampoco se analizó su vida intrapenitenciaria para así evaluar si ha tenido avances que permitan demostrar que es merecedor de beneficio, pues la mayor parte del proceso de evaluación se centra en sus características personales anteriores y la condena que cumple. En mérito de lo expuesto, solicita se tenga por interpuesto el recurso de amparo, en contra de la resolución que procedió a denegar la solicitud de Libertad Condicional ya señalada y se proceda, finalmente a otorgarla, restableciendo así el imperio del derecho. SEGUNDO: Que, informa, doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra, Presidenta de la Comisión de

Fundamentos

motivos económicos. CUARTO: Que, la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a aquellas personas que ilegal o arbitrariamente sufran cualquier privación, perturbación o amenaza de su derecho a la libertad personal y seguridad individual, mediante la adopción por parte de esta Corte de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. QUINTO: Que en el caso de autos la resolución impugnada contiene los fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto es posible advertir de los aspectos de los antecedentes reunidos en autos que es un interno con necesidades altas de intervención en áreas de pares, actitud/orientación procriminal y uso de tiempo libre. Se observa tendencia a favor del delito, no incorpora a la víctima en el relato, minimiza su participación en las acciones. SEXTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita se tenga por interpuesto el recurso de amparo, en contra de la resolución que procedió a denegar la solicitud de Libertad Condicional ya señalada y se proceda, finalmente a otorgarla, restableciendo así el imperio del derecho. SEGUNDO: Que, informa, doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaría Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, por cuanto se concluyó la existencia de factores de riesgos que desaconsejan otorgarle el beneficio solicitado, indicando específicamente lo siguiente: “presenta un riesgo medio de reincidencia, con necesidades altas de intervención en áreas de pares, actitud/orientación procriminal y uso de tiempo libre. Se observa tendencia a favor del delito, no incorpora a la víctima en el relato, minimiza su participación en las acciones y valida el delito como forma de obtener recursos económicos. Disminuida conciencia de la gravedad del delito, justificado tales acciones como forma de obtención de recursos para subsistir; inexistencia de conciencia del mal causado, visibilizando a las víctimas en el relato y sin rechazo explícito a tales delitos. Se encuentra en etapa de contemplación” En razón de lo anterior, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad co

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de junio de dos mil veintiuno. Al folio 7: Téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurre de amparo Carolina Andrea Medina Ortega, abogado, en representación del condenado don Abraham Rodrigo Mena Morasso, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condici

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica