CASTILLO Y OTROS/INTENDENCIA REGIONAL DE TARAPACA
Rol
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparece Romina Bagolini Retamal, abogada en representación de Albert José Manuel Castillo, Yenifer Carolina Marcano y Paula Sofia Castillo Marcano -menor de edad-, ciudadanos venezolanos, domiciliados para estos efectos Vargas Fontecilla 4138, Quinta Normal, quien interpone recurso de amparo en contra de la Intendencia de la Región de Tarapacá representada legalmente por su titular Miguel Ángel Quezada Torres, por dictar la Resolución Exenta N°4403-2020 de fecha 09 de diciembre del año 2020, ordenando la expulsión de Albert José Manuel Castillo, para que se deje sin efecto la resolución recurrida. Informan las recurridas instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que la familia compuesta por Albert José Manuel Castillo, Yenifer Carolina Marcano y Paula Sofia Castillo Marcano, migraron de su país de origen (Venezuela) debido a la crisis económica y política. Viajando a Chile con el objeto de restaurar sus derechos civiles resguardándose de la persecución política y la desestabilidad completa de su país, ingresando al país en el mes de octubre del año 2020 de forma clandestina. Con fecha 10 de marzo del año 2021 en dependencias de Policía de Investigaciones de Santiago realizan auto denuncia para lograr regularizar su situación migratoria, siendo notificados por la Policía de Investigaciones de la Resolución Exenta N°4403-2020 (sic) de fecha 09 de diciembre de 2020, emitida por la Intendencia de la Región Tarapacá que ordena la Expulsión del país de Albert José Manuel Castillo. Señala que lo amparados viven en Santiago, Albert José Manuel Castillo tiene trabajo desde el enero del año en curso en la empresa Tracker Chile GPS dedicada al rubro automotriz, prestando servicios como electricista automotriz especializado, a su vez su hija está vinculada al jardín infantil Ayekan desde marzo del año en curso. Sostiene que de acuerdo al artículo 69 del D.L. 1094, la autoridad administrativa solo puede dictar la expulsión por el delito de ingreso clandestino cuando la persona haya sido condenada previamente por dicho delito y se encuentre cumplida la pena. Sin embargo, en el presente caso, la orden de expulsión dictada se funda en la comisión de un delito de ingreso clandestino que no ha sido conocido por la fiscalía ni investigados por lo que evidentemente tampoco han conocido de estos los tribunales competentes y en consecuencia, no ha sido objeto de sentencia alguna. Agrega que los amparados han solicitado el pertinente refugio en chile, dado las condiciones en que se encuentra su país de origen, considerando que si se llevara a cabo la expulsión se verían expuestos a la grave vulneración de sus derechos. Afirma que la permanencia de Albert Castillo, Yenifer Marcano y Paula Castillo Marcano, en el país no constituye una amenaza para la seguridad del Estado, ni pone en peligro el orden público de la nación, resultando sus expulsiones una medida desproporcionada e injustificada, además de contravenir el ordenamiento jurídico. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta N°4403-2020 de 09 de diciembre del año 2020, dictada por la Intendencia Regional de Tarapacá. SEGUNDO: Que Jaime Cejas Guicharrousse, Abogado de la Intendencia Regional de Tarapacá, informa solicitando el rechazo del presente recurso. Expone que con fecha 22 de octubre de 2020, personal de Carabineros pertenecientes a la Subcomisaria de Colchane, mediante el oficio N°293, informan a la Policía de Investigaciones del ingreso de manera irregular de 76 ciudadanos de nacionalidad venezolana entre los que se encontraba el amparado Albert Castillo. Requerida la documentación de ingreso al país, e
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE, el recurso de amparo deducido en favor de Albert José Manuel Castillo, solo en cuanto, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°4.405/2020 de nueve de diciembre de dos mil veinte, que disputo la expulsión del territorio nacional del amparado Albert José Manuel Castillo, dictada por el Intendente Regional de Tarapacá. Se previene que el Ministro Sr. Opazo concurre al fallo sin compartir lo expuesto en el considerando sexto de la sentencia, sólo considerando que las circunstancias expuestas imponen a la Intendencia la carga de hacerse cargo de dichas situaciones, en especial por la situación humanitaria que afecta a los recurrentes, y al no hacerlo la decisión de autoridad deviene en infundada, y por lo mismo arbitraria, debiendo acogerse el recurso Regístrese y comuníquese. Rol 233-2021 (AMPARO)
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Antofagasta, a uno de junio de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece Romina Bagolini Retamal, abogada en representación de Albert José Manuel Castillo, Yenifer Carolina Marcano y Paula Sofia Castillo Marcano -menor de edad-, ciudadanos venezolanos, domiciliados para estos efectos Vargas Fontecilla 4138, Quinta Normal, quien interpone recurso de amparo en contra de la Intendencia de la Región de Ta
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