/INTENDENCIA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece doña Ximena Díaz Caronna, abogada, deduciendo acción de amparo en favor de Deyfel Giovanni Montezuma Bolívar, venezolano, en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile. Indica que en diciembre de 2019 el amparado ingresó al país a través de paso no habilitado llegando, posteriormente, a la región de Valparaíso, lugar en el cual procedió a auto denunciarse. Que, decidió emigrar a nuestro país a raíz de la fuerte crisis humanitaria que la afectaba en su país de origen, además de la fuerte crisis económica que afectó a su lugar de trabajo, la cual lo volvió inviable para poder mantenerse con recursos necesarios básicos de subsistencia, lo que llevó a que incluso estuviese sin comer durante cinco días. Durante su estadía en Chile ha podido encontrar la estabilidad y seguridad que en Venezuela y, en varios países a los cuales acudió antes de llegar a Chile, no pudo conseguir. Así, en nuestro país pudo reunificarse con su esposa, Yesenia Dayana Salinas González, e hijo, Luis David Montezuma Salinas, éste último, el cual se encuentra estudiando en la Escuela Básica España de Los Andes. Además de su hermano Olvis Yohan Montezuma Bolívar y su sobrina, Ametthys Nohemy Montezuma Gamez, quien acude al mismo establecimiento educacional que su hijo. Señala que actualmente se encuentra trabajando de vendedor ambulante, además de haber tenido contrato de trabajo indefinido por varios meses, el cual se vio terminado debido a su situación migratoria irregular, la cual tiene intención de regularizar. De esta forma, si bien no cuenta con un contrato de trabajo, de todas formas, se encuentra activamente trabajando, a esperas de regularizar su situación migratoria, y que la pandemia lo permita, con el fin de contar con un contrato de trabajo que le permita aportar para su familia que está en Chile y la que sigue en Venezuela, entre ellas, su otra hija de 11 años y la familia de su pareja, Yesenia Dayana Salinas Go
Fundamentos
considerando: Primero: Que la amparada solicita se deje sin efecto Resolución Exenta N° 6021, de fecha 18 de diciembre de 2020, que decretó su expulsión del territorio nacional, por haber ingresado clandestinamente al mismo, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 69 del Decreto Ley N° 1094 del año 1975 y 146 y 158 del Reglamento de Extranjería, argumentado que la expulsión fue decretada en un caso no establecido por la ley. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes invocados por la amparada y, teniendo especialmente presente lo informado por la Policía de Investigaciones a folio 7, es posible advertir que la expulsión del país resulta ser una medida desproporcionada, considerando que la amparada actualmente se encuentra reunificada con su grupo familiar compuesto por su cónyuge, hijo, hermano y sobrina, quienes residen y estudian en el país. Tercero: Que, en consecuencia, de ejecutarse la medida, ciertamente ocasionará un daño que perturbará la unidad familiar, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de ésta.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Deyfel Giovanni Montezuma Bolívar en contra de Policía de Investigaciones e Intendencia Regional de Valparaíso y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 6021, de fecha 18 de diciembre de 2020, que dispone su expulsión del territorio nacional, y la medida cautelar de control de firma impuesta, si procediere. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-953-2021. En Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jevp. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1, comparece doña Ximena Díaz Caronna, abogada, deduciendo acción de amparo en favor de Deyfel Giovanni Montezuma Bolívar, venezolano, en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile. Indica que en diciembre de 2019 el amparado ingresó al país a través de paso no ha
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