PÉREZ / MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don José Luis Pérez Sáez, microempresario, domiciliado en avenida Portales Oriente número 836, Villa Maestranza, San Bernardo, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de la I. Municipalidad de San Bernardo, representada legalmente por el alcalde don Leonel Cádiz Soto, domiciliados en avenida Eyzaguirre 450, de la misma comuna referida por el acto consistente en ordenar la demolición de unas obras de ampliación realizadas en su domicilio. Expone que es dueño de la propiedad ubicada en avenida Portales Oriente 836, Villa Maestranza, la que se encuentra debidamente inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo y que en dicha propiedad instaló un almacén a fines del año 2019, iniciando los trámites tributarios y de permisos para funcionar; hace presente que obtuvo la patente comercial otorgada por la municipalidad recurrida. Refiere que una vez obtenida las autorizaciones, comenzó con las obras para modificar su casa e instalar su negocio en el lugar que usaba para estacionar su auto, lo que provocó que los vecinos colindantes comenzaran con amenazas, denuncias e insultos. Detalla que el 30 de marzo pasado recibió una llamada de una funcionaria del municipio, quien le señaló que con esa fecha vencía el plazo otorgado para realizar la demolición de la obra, información que lo tomó por sorpresa pues nunca fue notificado de la resolución, ni pudo ejercer su derecho a defensa. Reseña que al día siguiente concurrió a la municipalidad y le entregaron la copia de la resolución exenta 3298, de 16 de septiembre de 2020, que ordenó la demolición en la zona del ante jardín, la que nunca le fue notificada con anterioridad. Arguye que el acto recurrido vulnera las garantías de los número 3 y 24 de la Constitución Política de la República y por ello pide se ordene a la recurrida dejar sin efecto el decreto exento N°3.298, que ordenó la demolición de una parte de su propiedad, ret
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se decide: I.- Que se rechaza la alegación de extemporaneidad deducida por la I. Municipalidad de San Bernardo; II.- Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por José Luis Pérez Sáez, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° 478-2021 Protección. Pronunciada por la Sexta Sala Zoom de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada por los ministros Sr. Diego Simpertigue Limare, Sra. María Teresa Díaz Zamora y Sr. Luis Sepúlveda Coronado.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron, por el recurso, la abogada doña Jacqueline Gómez Becerra y, contra el mismo, el abogado don Patricio Ríos. San Miguel, 1 de junio de 2021. Javiera Gaínza Flores, relatora. San Miguel, uno de junio de dos mil veintiuno. A los escritos folios 41006 y 41153: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don
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