/INTENDENCIA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Yorbi José Gómez Bermúdez, venezolano, documento N° 23550947, de 26 años de edad, desempleado, domiciliado para estos efectos en Relinga 34, Valparaíso, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Intendencia de la Región de Valparaíso, que presentó orden de expulsión en su contra, Resolución Exenta – Sanción N° 4921.- de fecha 21 de octubre de 2020. Solicitando desde ya se acoja este recurso y disponer se tomen las medidas necesarias para restablecer y resguardar el imperio del Derecho, a modo de ponerle fin a toda acción u omisión que importe una amenaza o perturbación a sus derechos fundamentales, particularmente su libertad personal y seguridad individual en razón los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone. Señala que debido a la crisis en Venezuela y a la falta de oportunidades y trabajo, su hermana Yoleidys Yohana Gómez Bermúdez salió del mismo para poder hacer una mejor vida para ella y su familia, radicándose primeramente en Perú. Debido a la cantidad de problemas en Venezuela su hermana lo invitó a vivir con ella primeramente en Perú. Es por ello que el 27 de julio de 2018 viajó hasta Colombia pasando el 29 de julio de 2018, consiguiendo la “Carta Andina” que es un documento que permite el viaje entre Colombia, Ecuador y Perú. Posteriormente llegó a Ecuador y terminó entrando a Perú el 2 de agosto de 2018, pudiendo conseguir trabajo por 1 año allí. Pero debido a la xenofobia su hermana se fue de Perú hacia Chile, pasando por paso habilitado y radicándose de forma definitiva en este país. Él se quedó un tiempo más en Perú, sin embargo, su hermana lo invitó a vivir con ella, puesto que la situación en Perú empeoraba día a día. Es por esto que salió de Perú el 12 de febrero de 2020, llegando el día 17 de febrero del mismo año, cruzando en bus por paso no habilitado. Procedió a autodenunciarse el 5 de marzo de 2020, en Valparaíso, ciudad en la que vive actualmente con su hermana, su esposo y su sobrina. Con fecha 21 de octubre de 2020 se decretó bajo resolución Exenta-Sanción N° 4921 por la Intendencia de la Región de Valparaíso, expulsión del país en su contra por ingreso clandestino al territorio nacional. Señala que la expulsión indica “Requerimiento presentado en la Fiscalía Local de Valparaíso en contra de mencionado extranjero, y su posterior desistimiento.”. Refiere que actualmente se dedica a trabajar en construcción para poder aportar el dinero que pueda para poder vivir. Su sobrina Victoria Nazaret Hernández Gómez nació en Chile el día 13 de agosto de 2019, actualmente es su familia, tanto su hermana como su sobrina son muy importantes para él. Alega que la Resolución Exenta cuestionada constituye un acto administrativo sancionador, por su ingreso clandestino, cuya comisión del delito no fue acreditada por un juez del fondo en lo penal mediante una sentencia condenatoria en su contra, ni tuvo la posibilidad de demostrar el estado de necesidad en el actuar, vulnerándose la garantía del debido proceso. A folio 4, rola informe de la Policía de Investigaciones de Chile, que informa que el amparado mantiene orden de expulsión del territorio nacional vigente y se encuentra sujeto al control de firma. A folio 5, rola informe de la Intendencia Regional de Valparaíso, que se solicita el rechazo del recurso, ya que la expulsión fue decretada en un caso contemplado por el ordenamiento jurídico. Refiere que el amparado ingresó clandestinamente al territorio nacional, por un paso no habilitado, lo que está prohibido por el artículo 15 del Decreto Ley sobre Extranjería, encontrándose habilitada para decretar su expulsión en virtud del artículo 17 del mismo cuerpo normativo. Asimismo, destaca que, aun cuando s
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida por Yorbi José Gómez Bermúdez, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 4921 de fecha 21 de octubre de 2020, dictada por la Intendencia Regional de Valparaíso, que decretó su expulsión del territorio nacional, como también la medida de control de firma a la que se encuentra sujeto. Se previene que la Ministra Sra. Aguirre no comparte los motivos Segundo, Tercero y Cuarto de esta sentencia. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1033-2021. En Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece Yorbi José Gómez Bermúdez, venezolano, documento N° 23550947, de 26 años de edad, desempleado, domiciliado para estos efectos en Relinga 34, Valparaíso, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Intendencia de la Región de Valparaíso, que presentó orden de expulsión en su contra, Resol
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