HERNANDEZ PEÑALOZA/INTENDENCIA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Eduardo Rafael Hernández Peñaloza, venezolano, DNI N° 23473691, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y la Intendencia Regional de Valparaíso, fundado en que ingresó a Chile por paso no habilitado el 02 de noviembre de 2019 junto a su cónyuge María Romero, quien actualmente tiene dos meses de embarazo, y sus dos hijos de 2 y 4 años de edad. Refiere que actualmente se encuentra con trabajo estable, sus hijos estudiando y su cónyuge con control prenatal. A folio 5, rola informe de la Policía de Investigaciones de Chile, que informa que el amparado mantiene orden de expulsión del territorio nacional vigente, la que le fuera notificada. A folio 11, rola informe de la Intendencia Regional de Valparaíso, que se solicita el rechazo del recurso, ya que la expulsión fue decretada en un caso contemplado por el ordenamiento jurídico. Refiere que el amparado ingresó clandestinamente al territorio nacional, por un paso no habilitado, lo que está prohibido por el artículo 15 del Decreto Ley sobre Extranjería, encontrándose habilitada para decretar su expulsión en virtud del artículo 17 del mismo cuerpo normativo. Asimismo, destaca que, aun cuando se desistió de la denuncia presentada ante la Fiscalía Local, la expulsión resulta ajustada a derecho, ya que el inciso final del artículo 146 del Reglamento de Extranjería no sólo la permite en el caso de condena, sino también cuando el afectado haya recuperado su libertad como consecuencia del desistimiento de la denuncia o requerimiento, contemplándose dicha posibilidad en el inciso final del artículo 158 del Reglamento de Extranjería. A folio 14, se trajeron estos autos en relación. CON LO RELACIONADO YCONSIDERANDO: Primero: Que el amparado solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 4691, de 13 de octubre de 2020, dictada por la Intendencia Regional de Valparaíso, que decretó su expulsión del territorio nacional, por haber ingresad
Fundamentos
fundamentos Segundo, Tercero y Cuarto de esta sentencia. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Amparo-872-2021. En Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida por Eduardo Rafael Hernández Peñaloza y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 4691, de 13 de octubre de 2020, dictada por la Intendencia Regional de Valparaíso, que decretó su expulsión del territorio nacional, como también la medida de control de firma, si la hubiere. Se previene que la Ministra Sra. Aguirre no comparte los fundamentos Segundo, Tercero y Cuarto de esta sentencia. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Amparo-872-2021. En Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece Eduardo Rafael Hernández Peñaloza, venezolano, DNI N° 23473691, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y la Intendencia Regional de Valparaíso, fundado en que ingresó a Chile por paso no habilitado el 02 de noviembre de 2019 junto a su cónyuge Mar
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