1º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

GONZÁLEZ/PRODUCTOS FERNANDEZ S.A

Rol

Fecha

31 de mayo de 2021

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO.

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Hechos

VISTO: Se reproduce la parte expositiva y considerativa del fallo anulado, con la excepción de sus

Fundamentos

considerandos décimo cuarto, décimo quinto, vigésimo sexto, vigésimo séptimo, vigésimo octavo y vigésimo noveno, los que se eliminan.- Se eliminan igualmente, del considerando décimo el párrafo final que empieza con la frase “Que en este orden de ideas”; en el motivo décimo segundo el párrafo final que empieza con la frase “Y a su turno”; y en el fundamento décimo tercero el párrafo final que comienza con la palabra “Empero”.- Y SE TIENE, ADEMAS PRESENTE: 1°).- Que concordante con lo razonado en el

Fallo

fallo anulado, con la excepción de sus considerandos décimo cuarto, décimo quinto, vigésimo sexto, vigésimo séptimo, vigésimo octavo y vigésimo noveno, los que se eliminan.- Se eliminan igualmente, del considerando décimo el párrafo final que empieza con la frase “Que en este orden de ideas”; en el motivo décimo segundo el párrafo final que empieza con la frase “Y a su turno”; y en el fundamento décimo tercero el párrafo final que comienza con la palabra “Empero”.- Y SE TIENE, ADEMAS PRESENTE: 1°).- Que concordante con lo razonado en el fallo de nulidad, es procedente la excepción de finiquito opuesta por la parte demandada, el cual es plenamente válido y ha producido pleno poder liberatorio a esa parte respecto a los cargos o cobros que el trabajador Manuel Alejandro González Navarrete pudiere formular en contra de la empleadora la empresa Productos Fernández S.A. 2°.- Que, la doctrina y jurisprudencia reconocen autoridad de cosa juzgada al finiquito, por cuanto corresponde a una convención, o sea, un acto jurídico voluntario que genera o extingue derechos y obligaciones y que da cuenta del término del vínculo laboral de la manera que en él se señala, en la especie, se otorgó el más amplio y definitivo finiquito respecto del contrato que unía a González Navarrete con Productos Fernández S.A., sin hacer reserva de acciones.- 3°.- Que, en el mencionado finiquito, plenamente válido, se señala que la terminación del contrato de trabajo que existía entre las partes de este juici

Texto Completo (Preview)

Talca, treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de nulidad dictada con esta misma fecha en esta causa y de conformidad con lo previsto en el artículo 478 del Código del Trabajo, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo: VISTO: Se reproduce la parte expositiva y considerativa del fallo anulado, con la excepción de sus considerandos dé

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