LAUTARO BUIN S.A.D.P./ASOCIACIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL
Rol
Fecha
31 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido por don Alejandro Preuss Lazo, se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio de su presentación, por cuanto solicita dejar sin efecto la retención del pago por licenciamiento, lo que se enmarca en las relaciones contractuales entre las partes, sin que pueda evidenciarse la existencia de alguno de los actos u omisiones a que se refiere la acción constitucional. Por lo que conforme lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección. Al primer otrosí: A sus antecedentes los documentos acompañados. Al segundo y tercer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto en lo principal. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Rol N° 3145-2021-Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección. Al primer otrosí: A sus antecedentes los documentos acompañados. Al segundo y tercer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto en lo principal. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Rol N° 3145-2021-Prot.
Texto Completo (Preview)
CH(KBA) San Miguel, treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. Resolviendo la presentación folio 39.852 de 27 de mayo del año en curso: Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido por don Alejandro Preuss Lazo, se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión qu
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