1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

AGRÍCOLA ARIZTÍA LTDA. / INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SAN ANTONIO

Rol

Fecha

31 de mayo de 2021

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y oídos: 1°.- Que don Rodrigo Azocar Simonet, en representación de Agrícola Ariztia Ltda., deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de 16 de marzo último, dictada por la Sra. Juez del Trabajo de San Antonio, por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por vulneración de garantías, reclamando falta de la debida fundamentación; en subsidio, interpone la causal del artículo 478 letra b), del Código del Trabajo, sosteniendo que se vulneran los límites a la apreciación de la prueba y finalmente recurre por infracción de ley, específicamente los artículos 41 y 42 del Código del Trabajo. Solicita la nulidad de la sentencia y la dictación de la correspondiente sentencia de reemplazo que acoja el reclamo y deje sin efecto las multas cursadas. 2°.- Que en el recurso y en la defensa oral de este, quien lo sostiene no especifica en qué forma se vulneran las garantías constitucionales que estima conculcadas dado que como ya se señaló se refiere a la falta de fundamentación en la sentencia recurrida, situación análoga se produce con la segunda causal, dado que más bien centra el problema en la discusión de fondo aduciendo infracciones a la lógica que no logra acreditar, correspondiéndole dicha carga. 3°.- Que conforme a lo que se viene señalando, las causales de infracción de garantías e efracción a los límites de la prueba no pueden prosperar, por no encontrarse debidamente fundamentadas atendida la especial naturaleza de estas y de este recurso extraordinario. 4°.- Que en relación con la infracción de ley que se reclama, la Sra. Sentenciadora en los

Fundamentos

considerandos 16° y 22° de la sentencia en alzada deja establecidos como hechos inconcusos, que no se ha incurrido en error de hecho en la imposición de las multas y que en relación con la segunda, no se acredito que en julio de 2019 el trabajador dejara de asistir a sus labores, de manera que la remuneración de ese mes no abarca el periodo señalado por ella. 5°.- Que el recurrente al interponer su recurso por la causal de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo de la sentencia, acepta los hechos los que tienen la calidad de intangibles, de manera entonces que atendido el mérito de estos las multa reclamadas ha sido cursadas conforme a la ley y el rechazo del reclamo ajustado a derecho, no cometiendo infracción alguna el sentenciador del grado, por lo que el recurso, por esta causal, será rechazado Y visto además lo dispuesto en los artículos 474, 477, 478, 481 y 482 del Código del Trabajo, se rechaza con costas, en recurso de nulidad deducido por Agrícola Ariztia Ltda., en contra de la sentencia de 16 marzo último, del Juzgado del Trabajo de San Antonio, la que no es nula. Registrase, comuníquese y devuélvase. Redacción del Ministro Sr Martínez N° Laboral - Cobranza-155-2021.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. Visto y oídos: 1°.- Que don Rodrigo Azocar Simonet, en representación de Agrícola Ariztia Ltda., deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de 16 de marzo último, dictada por la Sra. Juez del Trabajo de San Antonio, por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por vulneración de garantías, reclamando

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