MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCISCO JAVIER LEYTON ZAVALA
Rol
Fecha
31 de mayo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando por la mayoría de los integrantes de esta Sala, que los hechos contenidos en el requerimiento efectuado por el Ministerio Público no se encuadran en la hipótesis del delito previsto en el artículo 318 del Código Penal, y a lo sumo, constituyen una infracción administrativo-sanitaria, que debe ser conocida en esa sede, SE REVOCA la resolución de fecha cuatro de mayo del año mil veintiuno, que no hizo lugar a la petición de la defensa, y en su lugar, se resuelve que se decreta el sobreseimiento definitivo respecto del imputado don Francisco Javier Leyton Zavala, de acuerdo a lo previsto en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal. Decisión acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Georgina Gutiérrez Aravena, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, que no da lugar al sobreseimiento solicitado por la defensa, por considerar que los
Fundamentos
fundamentos sobre los cuales versa el sobreseimiento definitivo, por la causal invocada, constituyen circunstancias de fondo que necesariamente deben ser analizadas por el juez A Quo durante la tramitación del juicio oral simplificado, y no en esta etapa procesal. Devuélvase, comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-515-2021.(jog)
Fallo
se resuelve que se decreta el sobreseimiento definitivo respecto del imputado don Francisco Javier Leyton Zavala, de acuerdo a lo previsto en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal. Decisión acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Georgina Gutiérrez Aravena, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, que no da lugar al sobreseimiento solicitado por la defensa, por considerar que los fundamentos sobre los cuales versa el sobreseimiento definitivo, por la causal invocada, constituyen circunstancias de fondo que necesariamente deben ser analizadas por el juez A Quo durante la tramitación del juicio oral simplificado, y no en esta etapa procesal. Devuélvase, comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-515-2021.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. Al folio N° 4 y N° 5: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando por la mayoría de los integrantes de esta Sala, que los hechos contenidos en el requerimiento efectuado por el Ministerio Público no se encuadran en la hipótesis del delito previsto en el artículo 318 del C
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