STRABAG SPA/DIRECCIÓN NACIONAL DEL TRABAJO
Rol
Fecha
28 de mayo de 2021
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
DE FALLO (SENTENCIA DE REEMPLA
Hechos
Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la reclamada, se mantiene la sentencia impugnada en todo lo no afectado por el recurso, de modo tal que solo se suprime el último párrafo del
Fundamentos
considerando séptimo, más los considerandos octavo, décimo y undécimo. Y teniendo, además, y en su lugar presente: Primero: Los fundamentos tercero y quinto de la sentencia de nulidad, que se dan por reproducidos. Segundo: Que, en concepto de esta Corte, en relación con la Resolución de Multa N° 1186/19/5-1, el objeto de la infracción es no haber dado aviso al organismo administrador del accidente laboral, cuando este pueda poner en peligro la vida o integridad corporal de los trabajadores, razón por lo cual la sola ocurrencia de ese hecho, teniendo sobre todo presente la intensidad que implica “un estallido de roca” en faenas mineras, obliga a la empresa a cumplir con esa obligación, de modo tal que al no hacerlo -evitando con ello la investigación por un ente externo- ha incurrido en la infracción a la norma, procediendo cursar la multa, tal como procedió el órgano fiscalizador. Tercero: En consecuencia, debe rechazarse a ese respecto la reclamación judicial de la empresa Strabag SpA, por no existir, en concepto de esta Corte, infracción a la normativa vigente, previsto en el artículo 76 inciso 1° de la Ley N° 16.744, razón por lo cual se debe mantener la multa impuesta a la empresa reclamante, por un monto de 60 UTM. Por los fundamentos anteriores, más lo dispuesto en los artículos 76 inciso 1° de la Ley 16.744 y artículos 184 y 482 del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve que, manteniendo lo resuelto por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-41-2020, caratulados “Strabag SpA con Dirección Nacional del Trabajo”, reclamo de multa, en lo que respecta a dejar sin efecto la Resolución de Multa N° 1186/19/5-3, se rechaza la aludida reclamación judicial de la multa interpuesta por STRABAG SpA, respecto de la Resolución de Multa N° 1186/19/5-1, de fecha 30 de diciembre de 2019, en contra del Director de la Dirección Nacional del Trabajo Mauricio Peñaloza Cifuentes, la que se mantiene, por un monto de 60 UTM. Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro Tomás Gray. Laboral-Cobranza N° 1.882-2020. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo y la Ministra (S) señora Lidia Poza Matus y la Ministra (I) señora Pamela Quiroga Lorca. En Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la reclamada, se mantiene la sentencia impugnada en todo lo no afectado por el recurso, de modo tal que solo se suprime el último párrafo del cons
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