2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

VÁSQUEZ/ TECNOLOGIAS DE LA EDUCACIÓN SPA *

Rol

Fecha

28 de mayo de 2021

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Por sentencia de veintitrés de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT Nº T-348-2020, se rechazó denuncia de tutela laboral por vulneración de garantías fundamentales con ocasión del despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones y la demanda en subsidiaria de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, sin costas. Contra esa sentencia la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal única del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 Nº4 del mismo Código. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la demandante hace valer la causal prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4 del mismo texto legal, por cuanto estima que las pruebas aportadas por su parte no fueron objeto de un correcto análisis por el sentenciador. Sostiene que en el

Fallo

fallo recurrido se realizó un análisis defectuoso e incompleto de la prueba rendida en el juicio, manifestándose el vicio denunciado en el considerando séptimo, al concluir que no pudo probarse por la actora los hostigamientos y acoso laboral sufrido por ella. Afirma que el sentenciador se limita a efectuar una mera enunciación de las probanzas rendidas, sin embargo, no toma en consideración la prueba aportada por su parte en orden a acreditar los indicios señalados en la demanda. Menciona los documentos que no fueron analizados o cuyo análisis se efectuó de manera incompleta, en particular: documentos emitidos por la Mutual de Seguridad; denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP) de 17 de enero de 2020; epicrisis de atención ambulatoria de fecha 17 de enero de 2020, emitido por la Mutual de Seguridad; ordenes de reposos emitidas por Mutual de Seguridad de fecha 17 de enero de 2020 y de 23 de enero de 2020 y hoja historia Clínica de la actora emitida por la Mutual de Seguridad. Termina señalando, que de haber dado cumplimiento a las exigencias del artículo 459 Nº 4 del Código del Trabajo, la sentencia debió llegar a establecer como un hecho de la causa el acoso laboral y hostigamiento acusados, por lo tanto, debió condenar a la demandada a las indemnizaciones que se solicitaron. En cuanto a la acción subsidiaria de despido indirecto, afirma que el sentenciador hizo un examen defectuoso de los documentos relativos al cumplimiento de obligaciones previsionales, y

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de veintitrés de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT Nº T-348-2020, se rechazó denuncia de tutela laboral por vulneración de garantías fundamentales con ocasión del despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones y la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica