INSTALACIONES TÉRMICAS Y ELÉCTRICAS SPA/SERVICIO DE SALUD VIÑA DEL MAR QUILLOTA
Rol
Fecha
31 de mayo de 2021
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante, con fecha diez de mayo de dos mil veintiuno (folio N°9, cuaderno de excepciones dilatorias), en contra de la resolución de fecha seis de mayo del año en curso. Regístrese y comuníquese. N°Civil-4313-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante, con fecha diez de mayo de dos mil veintiuno (folio N°9, cuaderno de excepciones dilatorias), en contra de la resolución de fecha seis de mayo del año en curso. Regístrese y comuníquese. N°Civil-4313-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) muz Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 de
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