EMPRESAS MASVIDA S.A./MAGISTRADO DEL 11° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO DON RICARDO NÚÑEZ VIDELA (LTE)
Rol
Fecha
27 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado señor Mario Felipe Rojas Sepúlveda en representación de Empresas Masvida S.A, ha deducido incidente de recusación en contra del señor juez titular del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, señor Ricardo Núñez Videla, solicitando se declare la recusación de éste en los autos ROL C-15.421-2020 por la causal del N°10 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunal. Alega que al resolver un incidente de acumulación, el juez emitió pronunciamiento sobre una materia que corresponde al fondo de la acción deducida, puesto que con posterioridad a que el señor Magistrado recibió personalmente toda la prueba de la causa, o sea, con “conocimiento” de la “cuestión pendiente” (tanto de las alegaciones como de las pruebas atinentes a la “cuestión de fondo” debatida), con ocasión de la dictación de la resolución de 24 de febrero de 2021, relativa a una cuestión procesal sobre acumulación de causas, expresó con claridad y unívocamente que los contratos conexos o coligados constitutivos de la integridad de la operación económica, serían ajenos a lo que se debate en el pleito de liquidación forzosa. Éste, en su conclusión, se circunscribiría al examen de un “reconocimiento de deuda”, y de una “cesión de crédito” a la demandante, es decir, a la causa de pedir de la acción, con exclusión de la causa de pedir de la excepción en trámite,, en cuanto se basa en enriquecimiento sin causa y consecuente ilegitimidad del interés en obrar ante la jurisdicción, con referencia a la globalidad de los contrato conexos o coligados, sería improcedente. Segundo: Que por escrito de folio N°9, de dieciséis de abril de dos mil veintiuno se evacuó el informe respectivo por el juez de la causa, quien señaló que, luego de una atenta lectura del libelo de recusación, en el cual se refiere a cuestiones que son del fondo del asunto controvertido y que por cierto ha reiterado en su escrito de oposición a la solicitud de liquidación forzosa, en sus presentaciones
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 113 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza, con costas, la recusación planteada en lo principal del folio 1. Conforme a lo mandatado en el artículo 122 del Código de Procedimiento Civil, aplicase al reclamante una multa equivalente al monto consignado al momento de interponer la incidencia, a beneficio fiscal. Gírese cheque en su oportunidad. Regístrese, comuníquese, y archívese en su oportunidad. Redactó la Ministra señora María Soledad Melo Labra. Civil N°1764-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado señor Mario Felipe Rojas Sepúlveda en representación de Empresas Masvida S.A, ha deducido incidente de recusación en contra del señor juez titular del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, señor Ricardo Núñez Videla, solicitando se declare la recusación de éste en los autos ROL C-
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