LLOVET/FUCHS
Rol
Fecha
31 de mayo de 2021
Materia
CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, la acción de rendición de cuentas que da origen a estos autos, se tramita de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha veintinueve de marzo del año en curso, en contra de la resolución de doce de agosto del año recién pasado. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-3799-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha veintinueve de marzo del año en curso, en contra de la resolución de doce de agosto del año recién pasado. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-3799-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno (paus). Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, la acción de rendición de cuentas que da origen a estos autos, se tramita de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá
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