VÁSQUEZ/AGROMERK SPA
Rol
Fecha
26 de mayo de 2021
Materia
SUBTERFUGIO
Resultado
DE FALLO (SENTENCIA DE REEMPLA
Hechos
Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la parte demandada, se suprime solamente de la sentencia anulada el
Fundamentos
considerando vigésimo, así como el último párrafo del considerando decimonoveno, desde la frase “…respecto de las demás…” hasta su conclusión en “…propias de un empleador.” Y teniendo, además, y en su lugar presente: 1°) Lo señalado en los considerandos cuarto y quinto de la sentencia de nulidad, que se tienen por reproducidos para estos efectos. 2°) Que, en lo atinente a la excepción de falta de legitimación activa de la demandante, respecto de las demandadas Carnes Donoso Limitada y Sociedad Distribuidora de Cerdos Limitada, habida cuenta que de los motivos referidos en el considerando precedente se puede inferir que estas demandadas no pueden ser incluidas en la declaración de unidad económica o de un solo empleador de las demandadas, con el resto de las otras empresas demandadas, debe acogerse la referida excepción, respecto de estas demandadas, por cuanto no se vislumbra cual es el interés legítimo que asiste a la actora para accionar contra ambas empresas, toda vez que no concurren en lo que concierne a ambas demandadas los requisitos del artículo 3° inciso 4° del Código del Trabajo, como fluye de la prueba rendida, que demostró que estas empresas tienen un controlador distinto, representantes legales también diferentes, dirección comercial también diversa, todo lo cual impide considerarlas como un solo empleador. 3°) Que, corolario de lo anterior, respecto de las demandadas Carnes Donoso Limitada y Sociedad Distribuidora de Cerdos Limitada la pretensión indemnizatoria por daño moral tampoco puede prosperar, ya que, al acogerse la excepción de falta de legitimación activa, no hay vínculo causal con estas empresas para atribuirle responsabilidad en el mentado accidente del trabajo, ocurrido el día 12 de octubre de 2017, en el local de Carnicería Res, ubicado en calle Font N°22, comuna de Colina. Por los fundamentos anteriores, más lo dispuesto en los artículos 3° inciso 4°, 477 y 482 del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la excepción de falta de legitimación activa, opuesta por las demandadas Carnes Donoso Limitada y Sociedad Distribuidora de Cerdos Limitada; en consecuencia, se rechaza la demanda interpuesta por Olga de la Cruz Vásquez Correa en contra de ambas empresas demandadas, en todas sus partes, sin costas, por estimarse que asistió a la actora motivo plausible para litigar; II.- Que se rechaza la excepción de falta de legitimación activa opuesta por las demandadas Ganadera Res Ltda, Comercial Res Limitada, Don Ganadero Spa y Agromerk Spa; III.- Que se acoge la demanda interpuesta por la actora Olga de La Cruz Vásquez Correa, en contra de Ganadera Res Limitada, Comercial Res Limitada, Don Ganadero Spa y Agromerk Spa, a las que se condena, en virtud de constituir un único empleador, solidariamente al pago de $ 45.000.000.- por concepto de daño moral, derivado del accidente del trabajo sufrido por la trabajadora, ocurrido el día 12 de octubre de 2017, en el local de Carnicería Res, ubicado en calle Font N°22, comuna de Colina. IV.- Que la suma ordenada pagar, deberá serlo con el reajuste que prevé el artículo 63 del Código del Trabajo. V.- Que no se condena en costas a las demandadas, por no haber resultado totalmente vencidas. VI.- Ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase los dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, pasen los antecedentes a la Unidad del Cumplimiento del tribunal para los fines a que haya lugar. Regístrese y comun
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintiuno. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la parte demandada, se suprime solamente de la sentencia anulada el considerando vigésimo, así como el último párrafo del considerando decimonoven
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