SIN INFORMACION

DONOSO SOTO MONICA/CHADWICK PIÑERA HERMAN

Rol

Fecha

25 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) Que, en estos autos sobre juicio arbitral caratulados “María Alejandra Riquelme Muñoz con Mónica Fernanda Donoso Soto y otro” seguidos bajo el Rol CAM-3.470-2018, de que conoce la Juez Árbitro señora María Agnes Salah Abusleme, la parte demandada interpuso recurso de queja en contra de la juez árbitro, en razón de las faltas y abusos graves en que habría incurrido con motivo de dictar sentencia definitiva en el aludido proceso, con fecha 20 de abril de dos mil veinte. Aduce que el sentenciador incurre en faltas y abusos graves, fundado en que el asunto sometido al conocimiento del tribunal, era conocido por el Tribunal de Letras de Cañete y la ausencia de prueba para haber dado por establecido el supuesto vicio del consentimiento. La petición del recurso consiste en que se acoja el recurso en todas sus partes, adoptando las medidas conducentes a remediar las referidas faltas y abusos, dejando sin efecto la referida sentencia y rechazando la demanda deducida en contra de su representada, junto con aplicar las medidas disciplinarias que estime pertinente, con costas. 2º) Que al emitir informe la Juez Árbitro señora María Agnes Salah Abusleme, señala que no ha incurrido en las faltas y abusos graves que se le imputan, y solicita el rechazo del recurso. 3º) Que, en conformidad con lo que estatuye el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales “El recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. Sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario, sin perjuicio de la atribución de la Corte Suprema para actuar de oficio en ejercicio de sus facultades disciplinarias. Se exceptúan las sentencias definitivas de primera o única instancia dictadas por árbitros arbitradores

Fundamentos

fundamentos y lo resuelto mediante dicha resolución. En conformidad, asimismo, con lo expuesto y disposiciones legales mencionadas,

Fallo

fallo que acoge el recurso de queja contendrá las consideraciones precisas que demuestren la falta o abuso, así como los errores u omisiones manifiestos y graves que los constituyan y que existan en la resolución que motiva el recurso, y determinará las medidas conducentes a remediar tal falta o abuso. En ningún caso podrá modificar, enmendar o invalidar resoluciones judiciales respecto de las cuales la ley contempla recursos jurisdiccionales ordinarios o extraordinarios, salvo que se trate de un recurso de queja interpuesto contra sentencia definitiva de primera o única instancia dictada por árbitros arbitradores”. 4º) Que debe señalarse que, analizado el recurso entablado, el informe expedido y los antecedentes que obran en autos, el tribunal llega a la conclusión de que no se dan las circunstancias que hacen procedente el recurso de que se trata, esto es, que con ocasión de dictar sentencia definitiva la señora árbitro recurrida, doña María Agnes Salah Abusleme en los autos ya individualizados, haya incurrido en falta o abuso grave, como se ha denunciado, por lo que éste debe ser desechado. 5º) Que la conclusión anteriormente expuesta no significa, necesariamente, que esta Corte comparta los fundamentos y lo resuelto mediante dicha resolución. En conformidad, asimismo, con lo expuesto y disposiciones legales mencionadas, se declara que se rechaza el recurso de queja deducido. Regístrese, notifíquese, y devuélvase el proceso, previa agregación en él de copia autorizada d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: 1º) Que, en estos autos sobre juicio arbitral caratulados “María Alejandra Riquelme Muñoz con Mónica Fernanda Donoso Soto y otro” seguidos bajo el Rol CAM-3.470-2018, de que conoce la Juez Árbitro señora María Agnes Salah Abusleme, la parte demandada interpuso recurso de queja en contra de la juez árb

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