VÁSQUEZ/ESTABLECIMIENTOS GERMANI S.A
Rol
Fecha
25 de mayo de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En causa Rol ingreso Corte N° 147-2021, que incide en causa RIT N° 0-89-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, el apoderado de la demandante, don César Eduardo Concha Gatica, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de cinco de abril de dos mil veintiuno, dictada por la magistrada doña Lis Aguilera Jiménez, en virtud de la cual se rechazó la demanda de don Guillermo Vásquez Carrasco, por reconocimiento relación laboral bajo vinculo de subordinación y dependencia, despido carente de causa y nulidad del despido en contra de Establecimiento Germani S.A.; Admitido y concedido el recurso por el Juzgado de Letras del Trabajo de Talca y, declarado admisible por esta Corte, se fijó audiencia para su vista, la que se llevó a efecto el día 20 de mayo pasado.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que la recurrente interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia del Juzgado del Trabajo de Talca, de cinco de abril último, con el objeto de que la Iltma. Corte de Apelaciones, conociendo del mismo, conociendo del recurso lo acoja en todas sus partes y en definitiva, declarando la nulidad o invalidación de la sentencia recurrida conforme lo autoriza el artículo 477 del Código del Trabajo, proceda a dictar la correspondiente sentencia de remplazo acogiendo la demanda en todas sus partes. Que, el recurso de nulidad deducido se fundamenta en la circunstancia que el
Fallo
fallo recurrido ha incurrido en la causal de nulidad establecida en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es: “cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana critica.”, seguidamente, en la causal establecida en la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es: “cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior”. Señala que las dos causales que invoca, la primera, la del art. 478 Código del Trabajo, letra b, y la segunda del art. 478 letra c) del Código citado, se interponen de manera subsidiaria una respecto de la otra, dando cumplimiento de esta manera con la obligación establecida en el inciso final del artículo 478 del mismo Código. SEGUNDO: La interposición del recurso se fundamenta en los siguientes hechos: 1) La primera Causal, causal de Nulidad del Art. 478 letra b), cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana critica. Indica, que existe una infracción al artículo 456 incisos primero y segundo del Código del Trabajo, en relación con el número 4 del artículo 459 del mismo cuerpo legal citado. Se establece en el primer artículo, en lo pertinente, que “El tribunal apreciará la prueba conforme las reglas de la sana critica. Al hacerlo, el tribunal deberá expresar las razones ju
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Talca, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno.- VISTO: En causa Rol ingreso Corte N° 147-2021, que incide en causa RIT N° 0-89-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, el apoderado de la demandante, don César Eduardo Concha Gatica, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de cinco de abril de dos mil veintiuno, dictada por la magistrada doña Lis Aguilera Jiménez, en virtud de
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