SIN INFORMACION

BRAVO MEDINA GINO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

25 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparece Gerardo Alex Morales Parra, abogado, en favor del amparado Gino Byron Nicolás Bravo Medina, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el rechazo en la concesión del beneficio. SEGUNDO: Que, informa, doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaría Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, por cuanto se concluyó la existencia de factores de riesgos que desaconsejan otorgarle el beneficio solicitado, indicando específicamente lo siguiente: “el postulante presenta un muy alto riesgo de reincidencia arrojando importantes necesidades de intervención en las áreas educación/empleo, familia/pareja, pares y actitud/orientación pro criminal unido a una escasa motivación al cambio compatible con su estado pre contemplativo. Los aspectos antes mencionados demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N° 321.” En razón de lo anterior, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad antes referida. TERCERO: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó el Formulario Consolidado de Postulación al proceso de libertad condicional, el que da cuenta de lo siguiente: el amparado tiene 21 años de edad, cumple condena de 3 años y 1 día más 41 días más 61 días por los delitos de robo con intimidación, maltrato de obra de carabinero y robo por sorpresa.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Gino Byron Nicolás Bravo Medina, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Comuníquese y regístrese. N°Amparo-1136-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. Al folio 6: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, comparece Gerardo Alex Morales Parra, abogado, en favor del amparado Gino Byron Nicolás Bravo Medina, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el rechazo en la conce

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