TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA

MP. C/ GONZALO ESTEBAN ARANDA CAVIERES.

Rol

Fecha

25 de mayo de 2021

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que en estos autos Ingreso Corte 1052-2021 seguidos ante el Sexto Tribunal de Juicio Oral de Melipilla, RIT 45-2020 la defensa del acusado Gonzalo Aranda Cavieres ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el uno de abril de dos mil veintiuno que lo condena a la pena de 541 días de reclusión menor en su grado mínimo, más accesorias legales como autor del delito consumado de desacato, cometido el 24/03/2019 en la comuna de Melipilla, sin pena sustitutiva. Segundo: Que sustenta el recurso de nulidad en la causal prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, al condenarlo por el delito de desacato, previsto en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, por el incumplimiento de la medida cautelar establecida en el artículo 9 letra b) de la Ley 20.606, desde que los hechos que se han dado por establecidos no son susceptibles de subsumir el mencionado delito. Explica que para que concurra la antijuricidad del mismo, solo pueden ser punibles las acciones u omisiones que han dañado o puesto en peligro de manera grave valores calificados como fundamentales por la comunidad, concretamente, la seguridad de la víctima. Advierte, que de lo contrario, solo se trata de un incumplimiento “simplemente formal de la resolución”, o la falta de autorización legal para realizar la conducta típica socialmente dañosa, que supone la posibilidad de eximir de responsabilidad penal. En suma, señala que el mero quebrantamiento de una resolución judicial, como en el caso de autos, no encuadra dentro del tipo penal por el que ha sido condenado su representado. Señala que la errónea interpretación del derecho ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en la medida que aquél es condenado a una pena efectiva. Pide que se anule la sentencia impugnada y que en la de reemplazo, sea absuelto de los cargos que lo suponían autor del delito de desacato. Tercero: Que la sentencia impugnada estableció “… los siguie

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos, 372, 373 letra b), 376 y 384 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad intentado por el defensor penal público don Abraham Núñez Vilches en representación del condenado Gonzalo Esteban Aranda Cavieres en contra de la sentencia de uno de abril de dos mil veintiuno dictada en los autos seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral de Melipilla RIT 45-2020. Redacción de la ministro señora Catepillán. Regístrese y devuélvase. Nº 1052-2021 PENAL Pronunciado por la Quinta Sala integrada por las ministros señora María Carolina Catepillán Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y el Abogado Integrante señor Rodrigo Morales Flores.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. Vistos: Primero: Que en estos autos Ingreso Corte 1052-2021 seguidos ante el Sexto Tribunal de Juicio Oral de Melipilla, RIT 45-2020 la defensa del acusado Gonzalo Aranda Cavieres ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el uno de abril de dos mil veintiuno que lo condena a la pena de 541 días de reclusión

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