MUÑOZ/SERVANTI
Rol
Fecha
24 de mayo de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 476 del Código del Trabajo señala: “Artículo 476.- Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.”. 2°.- Que, consta en autos que la resolución recurrida no se encuadra dentro de alguna de las hipótesis que las normas precedentes contempla, razón por la cual la apelación interpuesta resulta inadmisible. Por lo razonado precedentemente, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada el treinta de diciembre pasado en contra de la resolución dictada el diecinueve de abril último. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-105-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada el treinta de diciembre pasado en contra de la resolución dictada el diecinueve de abril último. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-105-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 476 del Código del Trabajo señala: “Artículo 476.- Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reli
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