LILLO/AFP PLANVITAL
Rol
Fecha
24 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Francisca Lillo Vásquez, trabajadora dependiente, interpone recurso de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones PLANVITAL S.A., representada por doña Andrea Battini, por haber incurrido en el acto ilegal y arbitrario de retener y no hacer entrega de los fondos previsionales correspondientes al 10% retenido por orden judicial a don Óscar Valerio González Fuentes, habiendo transcurrido el plazo otorgado por el Juzgado de Familia de Linares para que se concretara el pago, con lo cual se le ha privado del legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, señalados en los números 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile. SEGUNDO: Que en cuanto a los hechos que darían origen a su arbitrio, narra que producto de una relación sentimental con Oscar Valerio González Fuentes, nació Gabriel Alejandro González, de actuales 14 años de edad, pero producto de desavenencias irreconciliables, desde el año 2007 se terminó la relación de convivencia; continúa diciendo que desde noviembre de ese año el padre de su hijo, mediante un acuerdo logrado en conciliación se comprometió a pagar el monto de $39.750 mensuales reajustables, pagaderos los días 10 de cada mes, acotando que el 4 de enero de este año, en causa rit C-895-2008 del Juzgado de Familia de Linares solicitó que se retuviesen los montos que le correspondían a su ex pareja en virtud la Ley 21.295, más la realización de la liquidación de los alimentos devengados en la misma causa. Prosigue señalando que el Juzgado de Familia ordenó y ofició a la AFP Planvital para que le retuvieran los montos que solicitara don Oscar Valerio González Fuentes en virtud de la Ley 21.295, lo que se concretó el 30 de julio del 2020, ordenándose la retención de cualquier monto que le pudiese corresponder a don Oscar Valerio González Fuentes producto del retiro del segundo 10% de sus fondos previsionales. Agrega que el 14 de enero del año 2021, AFP Planvital informa que le retuvo al mencionado González Fuentes $1.003.393; certificándose el 21 de enero de 2021, que la liquidación de deuda de pensiones alimenticias atrasadas de fecha 12 de noviembre arrojó la suma de $ 8.072.640 en deuda por parte de don Oscar Valerio González Fuentes, respecto del hijo de ambos; que en virtud de ello, con fecha 21 de enero de 2020, se ofició a la AFP Planvital en los siguientes términos: "Ofíciese a AFP Planvital a fin de poner en su conocimiento, que deberá pagar con los fondos retenidos de Oscar Valerio Gonzalez Fuentes, cédula de identidad N°16.536.871-1, a don/doña María Francisca Lillo Vásquez, cédula de identidad N°16.836.722-8 la suma de $663.411, mediante depósito o transferencia a la Cuenta De Ahorro N°44368556502 del Banco del Estado de Chile, en un plazo no superior a los 10 días hábiles contados desde que la AFP sea notificada de la presente resolución.", sin embargo transcurrido dicho término no se le ha pagado. Siguiendo
Fallo
fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se rechaza el deducido por doña doña María Francisca Lillo Vásquez en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones PLANVITAL S.A., sin costas. Redacción del presidente de la Primera Sala, ministro don Rodrigo Biel Melgarejo. Regístrese y devuélvase. Rol 205-2021 protección Se deja constancia que, pese a haber concurrido a la vista y al acuerdo de esta causa, no firma el Ministro don Rodrigo Biel Melgarejo, por encontrarse en comisión de servicio en la Excma. Corte Suprema, asimismo, no firma el Abogado Integrante don Raúl Carnevali Rodríguez, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Francisca Lillo Vásquez, trabajadora dependiente, interpone recurso de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones PLANVITAL S.A., representada por doña Andrea Battini, por haber incurrido en el acto ilegal y arbitrario de retener y no hacer entrega de los fondos previsionales cor
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica