SIN INFORMACION

ESPECIALIDADES ODONTOLOGICAS MORA PAVIC S.A./CASTRO

Rol

Fecha

24 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBILIDAD

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, dispone que la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso: “…será susceptible del recurso de reposición ante el mismo tribunal, el que deberá interponerse dentro de tercero día. En carácter de subsidiario de la reposición procederá la apelación para ante la Corte Suprema…”. 2°) Que, en el presente caso, no se dedujo el recurso de apelación en forma subsidiaria a uno de reposición, sino que lo fue de manera directa, lo que no es procedente. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de siete de mayo de dos mil veintiuno. N°Protección-5358-2021.

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, dispone que la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso: “…será susceptible del recurso de reposición ante el mismo tribunal, el que deberá interponerse dentro de tercero día. En carácter de subsidiario de la reposición procederá la apelación para ante la Corte Suprema…”. 2°) Que, en el presente caso, no se dedujo el recurso de apelación en forma subsidiaria a uno de reposición, sino que lo fue de manera directa, lo que no es procedente. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de siete de mayo de dos mil veintiuno. N°Protección-5358-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Acs/Las Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. Al folio 3: Estese a lo que se resolverá a continuación. Visto y teniendo presente: 1°) Que el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, dispone que la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso: “…será susceptible del recu

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