JORQUERA ROMERO JESUS ALBERTO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
20 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Linda Susana Catalán Appelgren, con domicilio en Matías Cousiño Nº 82 oficina 409, comuna de Santiago, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de don JESUS ALBERTO JORQUERA ROMERO, y en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL que sesionó en el mes de abril, y que rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado. Menciona como antecedentes del recurso, que el señor Jorquera se encuentra cumpliendo condenas en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, de 300 días por el delito de robo por sorpresa, 3 años y un día por el delito de robo con violencia y de 7 años por el delito de robo con intimidación. Indica que dio inicio a su pena el 20 de agosto de 2012 y su término se estima para el 16 de junio de 2023. Agrega que cumple su tiempo mínimo para optar a la libertad condicional el 08 de noviembre de 2019, y cumple con el requisito de conducta que establece la ley. Señala que el rechazo de la Comisión se produjo por un informe psicosocial desfavorable, en circunstancia que no se han evaluado correctamente sus avances. Por lo anterior, estima que la resolución impugnada es ilegal y arbitraria. Expone antecedentes de hecho que demostraría que el amparado no tiene riesgo de reincidencia y que puede reinsertarse en la sociedad, destacando que fue beneficiado con salida dominical desde el 20 de diciembre de 2020, y con salida diaria desde el día 2 de abril de 2021. En razón de lo anterior, solicita se acoja el presente recurso y se disponga dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado, decretando que se le conceda de manera inmediata. Segundo: Que la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear, presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, indica que el amparado fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y, por unanimidad, se rechazó la concesión del referido beneficio, cuya resoluci
Fundamentos
considerando que sólo se encuentra haciendo uso del beneficio de salida dominical desde diciembre del año 2020, de manera tal que no aparece prudente conceder una libertad condicional, sin que previamente se intensifique el uso progresivo de los beneficios intrapenitenciarios. Los aspectos antes mencionados, confrontados con la evaluación psicosocial correspondiente a su postulación a la libertad condicional del 2° semestre del año 2020, si bien hay una rebaja en su riesgo de reincidencia, se mantienen en niveles similares respecto a los ítems de asociación con pares delictivos y uso del tiempo libre, que requieren intervención previa, lo que demuestra, por ahora, insuficientes posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321.
Fallo
Por estas consideraciones, se RECHAZA el beneficio de libertad condicional solicitado por el interno JESÚS ALBERTO JORQUERA ROMERO,” Agrega que, por consiguiente, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad antes referida. Tercero: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en el formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional y el informe de postulación psicosocial de libertad condicional, de los que se extrae que el interno se encuentra calificado como de alto compromiso delictual, fue condenado a la pena de 300 días por el delito de robo por sorpresa, 3 años y un día por el delito de robo con violencia y de 7 años por el delito de robo con intimidación. Inició cumplimiento con fecha 20 de agosto de 2012 y su término se proyecta para el 16 de junio de 2023, registrando 2 días de abono, cumpliendo el tiempo mínimo el día 08 de noviembre de 2019. Se advierte que tiene como permiso de salida vigente, el de salida dominical desde el 20 de diciembre de 2020. El informe psicosocial, en el párrafo denominado “Análisis global” señala que el “Postulante que cuenta con evaluación de riesgo de reincidencia el 29/12/2020, obteniendo 18 puntos (riesgo medio) con variables de relevancia criminológica en l
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de mayo de dos mil veintiuno. Al escrito folio 8: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Linda Susana Catalán Appelgren, con domicilio en Matías Cousiño Nº 82 oficina 409, comuna de Santiago, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de don JESUS ALBERTO JORQUERA ROMERO, y en contra de la COMISIÓN DE LI
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