11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO/FAST FOOD CHILE S.A. - (LTE)

Rol

Fecha

20 de mayo de 2021

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con excepción de su motivo undécimo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, si en el juicio ejecutivo se admiten sólo en parte una o más excepciones, se distribuirán las costas proporcionalmente; pero podrán imponerse todas ellas al ejecutado cuando en concepto del tribunal haya motivo fundado. Pues bien, en el caso de la especie se ha acogido en parte la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado y no se han expuesto por el tribunal de primer grado motivo fundado alguno, como exige la ley, para sustentar la condena en costas. En tal escenario, habrá de enmendarse el fallo en esta parte. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veintinueve de septiembre de dos mil veinte, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N°C-37.348-2017, en cuanto por su decisión signada con el guarismo “IV” que dispuso la condena a la parte ejecutada al pago de las costas de la causa, y se declara, en su lugar, que cada parte pagará las suyas. Se confirma, en lo demás apelado, el aludido fallo. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. N°Civil-1072-2021.

Fallo

fallo en esta parte. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veintinueve de septiembre de dos mil veinte, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N°C-37.348-2017, en cuanto por su decisión signada con el guarismo “IV” que dispuso la condena a la parte ejecutada al pago de las costas de la causa, y se declara, en su lugar, que cada parte pagará las suyas. Se confirma, en lo demás apelado, el aludido fallo. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. N°Civil-1072-2021.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron, por el recurso, el abogado de la ejecutada don Nicolás Retamales Figueroa, por 15 minutos; y contra el mismo, el abogado de la ejecutante don Adolfo Farías Jiménez, por 10 minutos. Santiago, 20 de mayo de 2021. Patricio Hernández Jara Relator C.A. de Santiago Santiago, veinte de mayo de dos mil veintiuno. Proveyendo los escritos folio

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