3º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

FERIA DE REMATE DE LA PROVINCIA DE MELIPILLA LIMITADA CON FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

20 de mayo de 2021

Materia

EXPROPIACIÓN, ART. 9 D.L. 2.186

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo, además, presente:          1º) Que el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil estatuye, como regla general, que la parte que sea vencida totalmente en un juicio será condenada al pago de las costas. Sin embargo, la misma disposición contempla una excepción, en cuanto faculta al tribunal para eximir a ese litigante del pago de las costas, cuando aparezca que ha tenido

Fundamentos

motivos plausibles para litigar.          2º) Que el Código de Procedimiento Civil no define la expresión “motivos plausibles”, por lo que acudiendo al sentido natural del adjetivo calificativo “plausible” contenido en el Diccionario de la Lengua Española, debe entenderse como “atendible”, “admisible” o “recomendable”.          3º) Que en el presente caso, el reclamante accionó con la pretensión de que le fuera indemnizado el valor de traslado de un muro medianero y de una antena trifásica, y ejerció la carga de rendir prueba a fin de sostenerla, pero cuyo mérito fue tenido por insuficiente por el juez de primer grado, sin que esta Corte observe rasgos que permitan considerar que dicho litigante hubiese actuado desprovisto de todo sustento o contrariando la buena fe procesal. De hecho, la razón principal para que su reclamo haya sido desestimado radica en el resultado de la prueba pericial, cuyo mérito condujo a la juez de la causa a concluir que los perjuicios cuya indemnización se solicita serán cubiertos por la empresa adjudicataria.          4º) En tales condiciones, esta Corte coincide con el parecer del tribunal de primer grado, lo que llevará a la confirmatoria de su decisión, en lo apelado.          Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia de dieciocho de febrero de dos mil veinte, dictada por el Tercer Juzgado Civil de San Miguel en causa Rol C-14412-2017.          Regístrese y devuélvase.          N° 1415-2020 Civil.-

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando el abogado don Cristian Villanueva V., asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 11:07 horas y terminó a las 11:24 horas. San Miguel, 20 de mayo de 2021. Camila Philp S. Relatora. San Miguel, veinte de mayo de dos mil veintiuno. A los folios 36774 y 36887: A todo: Téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente:

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